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Baja socio CB

4 respuestas
Baja socio CB
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#1

Baja socio CB

Hola amigos foreros :

Os comento mi pregunta, tengo con mi madre y mi hermano una CB creada única y exclusivamente para gestionar el alquiler de un local a nombre de los tres . El caso es que mi madre quiere darse de baja de la CB dado que quiere usar su parte de la finca para su uso personal.
La pregunta es la siguiente,cuales son los pasos a seguir para que ella se dé de baja y nosotros podamos seguir conservando el CIF actual??
He leido varios hilos sobre disolver CB pero ninguno sobre dar de baja a uno de los comuneros,aunque me imagino que será un procedimiento similar.
Otra duda, esa liquidación del 1% que hay que pagar sobre que base imponible se calcula???

Muchas gracias por anticipado.

#2

Re: Baja socio CB

En puridad legal, creo que deberíais disolver esa CB y formalizar otra CB diferente.

Las CBs existen siempre y cuando exista copropiedad de algo, y se formalizan y obtienen un NIF concreto cuando participan en el tráfico económico.

Hasta ahora teneis una copropiedad a tres codueños, y en tripartito formalizasteis una CB para legalizar el arrendamiento de esa copropiedad.

Ahora planteas que sin desaparecer la copropiedad tripartita, subsista una CB que unifique y gestione los derechos y obligaciones económicas de dos de los codueños, dejando al margen los derechos y obligaciones del tercer codueño.

Suponiendo que la finca esa sea susceptible de aprovechamientos separados y diferenciados, es perfectamente legal, solo que esta nueva CB tiene por objeto cosas de naturaleza diferente a la CB actual.

En puridad legal, al ser la CB nueva una agrupación diferente de derechos y obligaciones, debería ser formalizada de manera diferenciada.
También es cierto que la agencia tributaria, y hasta cierto punto las normas legales, tratan las CBs como si de SCP se tratasen, y se admite altas y bajas de partícipes como si de socios se tratase.

Al ser muy simple la normativa legal existente, admite una cierta discrecionalidad de criterios interpretativos, así que lo mejor sería plantear directamente a tu delegación de la AEAT si admiten o consideran adecuado ese cambio de partícipes, teniendo en cuenta que el objeto de la CB en parte se mantiene en parte varía.

Supongo que si se admite el cambio de objeto, manteniendo NIF, tendreis que hacer un nuevo contrato que refleje el objeto de copropiedad y la finalidad de explotación.

Para la baja de un copartícipe, o la disolución de la CB existente, la base imponible es el capital o fondo común que se dotó inicialmente o que se haya podido generar, si es que lo hay. Si el capital inicial era 0, la base imponible de la separación o disolución es 0.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Baja socio CB

Entonces en relación a tu contestación, ¿lo más lógico ante el fallecimiento de un comunero y su posterior reparto de herencia es disolver esa CB y crear una nueva con los nuevos propietarios no?
Es que me voy a ver en esas en un futuro y además preveo que con complicaciones pero eso ya es otro cantar.

Un cordial saludo

#4

Re: Baja socio CB

Tres propietarios indivisos.
Dos propietarios indivisos y una herencia yacente, también en indivisidad con los anteriores.
Finalmente, y previsiblemente, dos propietarios indivisos.

El sujeto de la copropiedad es claramente diferente en cada instante.
El objeto de la "explotación" es el mismo siempre.

Como subjetivamente en cada momento existe diferencia, la CB constituida en cada instante (esté formalizada mediante NIF propio o no), es diferente.

Como objetivamente la actividad realizada es siempre la misma, puede ser aceptable para la AEAT mantener la misma identidad fiscal, efectuando el cambio pertinente en los comuneros integrantes.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Baja socio CB

En respuesta a tu amable y adecuada contestación te comento que efectivamente nos hemos dirigido a la delegación correspondiente de la AEAT y dada esa discrecionalidad que comentas afirman ( que no confirman juridícamente ) que no es posible dar de baja un comunero sino que hay que dar de baja la CB y dar de alta otra, el problema es que afirman que no es posible dotar de usos diferenciados un local comercial ( algo totalmente incierto, naves industriales,etc ) y piden una documentación que no fue necesaria hace unos años a la hora de crear la CB actual ( declaración de herederos,etc ),total, que ponen mil trabas cuando en realidad llevamos presentando ya mal el 184 varios años al repartir los pagos a partes iguales cuando el porcentaje de mi madre es superior por usufructo y/o nuda propiedad, pero como no le afecta a nivel contable pues les da igual....Gracias otra vez Cachilipox

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