Constitución de una empresa/ Capital social inicial
Tengo una duda a la hora de constituir una S.L. Siendo el capital social mínimo de 3.000 euros me asalta las siguientes cuestiones:
1.- Imaginar que la sociedad necesita para iniciar la actividad -gastos de seguridad social, abogados, alquileres, etc...- de 10.000 euros; esa inversión inicial se colocará en capital social y aparecerá como tal en la escritura de constitución? No dicen que el capital social no puede tocarse?
2.- Qué suele hacerse en un momento inicial respecto a las necesidades propias del inicio de actividad? Inicialmente a capital social y luego se reduce al capital mínimo?
Gracias de antemano!!