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Perder el trabajo y la cobertura médica

25 respuestas
Perder el trabajo y la cobertura médica
Perder el trabajo y la cobertura médica
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#17

Re: Perder el trabajo y la cobertura médica

...y más que se va a cabrear si se entera que en otras comunidades no tienen en cuenta su situación económica. Le serviría con estar empadronado.

Saludos.

#18

Re: Perder el trabajo y la cobertura médica

Lo siento pero diga lo que diga la Ley General de Sanidad, el derecho a la asistencia sanitaria no está universalizado. No se accede a él por el hecho de ser español.

El derecho nació vinculado a la realización de una actividad laboral o profesional, de ahí que cuando se deja de realizar la actividad se pierda.

Algunos colectivos, ya pocos, están fuera del ámbito de la Seguridad Social y por tanto ellos son quienes se tienen que costear la asistencia sanitaria.

Luego se fue ampliando el derecho a otros colectivos: desempleados, perceptores de pensiones asistenciales y no contributivas, minusválidos...

Si soy abogado en el libre ejercicio de mi profesión no tengo derecho a asistencia santiraria pública.

Si soy rentista -bonita profesión- tampoco.

Los españoles emigrados que vienen de vez en cuando a pasar una temporada a su país, generalmente ya mayores, tampoco la tienen y sólo la pueden conseguir a través de un convenio especial temporal establecido al efecto y que por ciento cuenta una buena pasta.

Existe uan asistencia sanitaria para personas sin recursos que se debe solicitar, ahora ante el servicio público de salud de la comunidad autónoma. Creo recordar que el límite de ingreos está vinculado a un porcentaje del SMI. Existe una norma al respecto. Si alguien tiene especial interés puedo buscarla y poner un enlace. Otra cosa es que alguna comunidad autónoma haya establecido una mejora y los residentes en ella tengan el derecho universalizado; del mismo modo en que algunas comunidades han decidido unilateralmente complementar las pensiones no contributivas.

La normativa reguladora de esta materia es antigua, obsoleta, muy parcheada y engorrosa. Imposible que un ciudadano ajeno al mundillo pueda entender algo y de ahí que en determinados momentos se lleve una desagradable sorpresa, generalmente subsanable tras la correspondiente sesión burocrática.

El legislador o el desgobierno deberían hacer algo al respecto y poner la norma al día. Pero ni este, ni el anterior, ni el anterior han hecho nada y seguramente el que venga tampoco. Es en la suma de pequeños detalles como este en los que los gobiernos pueden demostrar su eficiencia y no en pijadillas como ridículos limites de velocidad o ruedas de coche. Pero para ello hay que trabajar un poco y poner al frente del tinglado a profesionales que sepan de que va la movida en lugar de amiguetes indocumentados.

#19

Re: Perder el trabajo y la cobertura médica

El caso que comentas es perfectamente posible. Poco habitual pero posible.

No soy partidario de burlar la ley, pero ante determinadas situaciones me cuesta no hacerlo.

No conozco la situación particular de esa persona peri si le días un poco al coco y le buscaís las vueltas quizá se pueda encontrar el agujero.

#20

Re: Perder el trabajo y la cobertura médica

Interesante tema. Efectivamente la normativa que regula esta cuestión es un poco confusa. Confusión que aumenta porque también existe normativa autonómica. El artículo que he colgado en el post anterior es muy interesante, aunque un poco espeso para leer. En el se describe el laberinto normativo y, sobre todo, el problema último de la prestación sanitaria: ¿Quien la paga? ¿Que administración se hace cargo del coste?. Resumiendo un poco: Antes de la Ley General Sanitaria la prestación sanitaria se finanziaba a través de las cotizaciones a la Seguridad Social. A partir de este momento, y a fin de universalizarla, la prestación pasaría a finanziarse vía impuestos (desvinculándose de la cotización). Pero esto no fue del todo cierto y tampoco fue inmediato. Con lo que el derecho a la asistencia universal existía, y existe, pero su aplicación se ve dificultada en muchas ocasiones. A esto añade la gestión de las comunidades autónomas: son ellas quien actualmente deciden sobre el reconocimiento y tramitación del derecho a prestación sanitaria, con lo que te puedes encontrar con comunidades que reconocen la universalidad de la asistencia y otras que aplican criterios más restrictivos. Cito un fragmento del artículo que mencioné anteriormente:

La consecuencia de todo esto, así como de la pérdida del derecho a la asistencia sanitaria por salir del sistema laboral, es que las Comunidades Autónomas emitirán normas propias para reconocer o mantener el derecho a la atención sanitaria de acuerdo con los requisitos de la Ley General de Sanidad, dándose la paradoja de que la Tesorería General, Servicio Común de la Administración de Seguridad Social que no del Sistema Nacional de Salud, incorpora titulares de derecho a asistencia sanitaria a través de situaciones ajenas a la regulación de la prestación y que no son reconocidas por el INSS, como, por ejemplo, la prórroga indefinida de asistencia sanitaria en Andalucía o, más recientemente, en Aragón.
Esto también explicaría el problema de los desplazamientos entre comunidades, cuando en algunos sitios no sirve la tarjeta sanitaria de tu "pueblo" y te exigen el número de filiación a la Seguridad Social. Recomiendo la lectura del artículo que he posteado antes porque realmente es muy clarificador (un poco ladrillo, pero muy interesante) sobre el tema que estamos comentando. Para concluir: Comparto tu opinión que el Legislador tendría que poner la ley al día y hacer efectiva, con una normativa clara, el derecho a la asistencia sanitaria. Un saludo
#21

Re: Perder el trabajo y la cobertura médica

Creo que la Comunidad de Madrid aplica el Real Decreto 1088/1989 (cobertura de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social a las personas sin recursos económicos suficientes):

Artículo 1. Se reconoce el derecho a las prestaciones de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social a los españoles que tengan establecida su residencia en territorio nacional y carezcan de recursos económicos suficientes. A estos efectos se entienden comprendidas las personas cuyas rentas, de cualquier naturaleza, sean iguales o inferiores en cómputo anual al Salario Mínimo Interprofesional. Se reconoce, asimismo, este derecho, aunque se supere dicho límite, si el cociente entre las rentas anuales y el número de menores o incapacitados a su cargo fuera igual o menor a la mitad del Salario Mínimo Interprofesional.
#22

Re: Perder el trabajo y la cobertura médica

Para mí el tema está claro, la LGS dice que la asistencia sanitaria es universal, las normas autonómicas dicen que no, hay un conflicto de leyes y prevalece la LGS.
Claro que el que esté en esta situación, en lugar de acudir a los tribunales y perder tiempo y dinero con este tema, hará cualquier chapuza (como acoplarse a un cotizante) y la Administración hará la vista gorda.
Un saludo

#23

Re: Perder el trabajo y la cobertura médica

asistencia médica urgente no se niega nunca, luego se factura o no....y tambien se niega determinadas asistencias a los que estan de vacaciones con derecho a seguridad social... si eres de osakidetza no quieren que vengas a Benidorm a recibir asistencia especializada...(y ademas creo que la atencion en osakidetza es mejor que aquí). Igual que no vale que un ingles se ponga la protesis de cadera aquí al solete (aunque ya se la han puesto muchos...)

#24

Re: Perder el trabajo y la cobertura médica

El conflicto de existir está entre la LGS y la LGSS o enre éstas y sus normas reglamentarias.

No existe conflicto entre las normas estatales y las autonómicas porque las segundas aplican la normativa estatal. Algunas comunidades han establecido mejoras a la norma estatal que universalizan el derecho a la asistencia sanitaria, lo que sitúa a algunos ciudadanos en una situación de desigualdad por razón de su lugar de residencia. Distinto tratamiento de difícil justificación. Pero creo que esta situación invita a otro debate distinto al que estamos tratando ahora.