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Cómputo unidad de convivencia ingreso mínimo vital

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Cómputo unidad de convivencia ingreso mínimo vital
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Cómputo unidad de convivencia ingreso mínimo vital
#1

Cómputo unidad de convivencia ingreso mínimo vital

Hola,tengo la siguiente duda.  Familia formada por madre e hija de 24 años que perciben el ingreso mínimo vital. Pretenden trasladarse de domicilio y vivir con el hermano, que vive solo y percibe pensión de jubilación de España y Francia. En este caso, si cuando se empadronen y comuniquen el cambio de residencia, ¿ se le computan los ingresos de toda la unidad de convivencia, es decir, también incluyendo a su hermano y los ingresos que percibe éste? Si por otro lado, este le alquila una habitación a su hermana y sobrina en dicha vivienda, en este caso, ¿tan sólo se tendrían los ingresos de ellas dos sin tener en cuenta los ingresos de su hermano?. Muchas gracias.
#2

Re: Cómputo unidad de convivencia ingreso mínimo vital

Cuando se empadronen y comuniquen el cambio de residencia, ¿ se le computan los ingresos de toda la unidad de convivencia, es decir, también incluyendo a su hermano y los ingresos que percibe éste? 
Si.

Si por otro lado, este le alquila una habitación a su hermana y sobrina en dicha vivienda, en este caso, ¿tan sólo se tendrían los ingresos de ellas dos sin tener en cuenta los ingresos de su hermano? 
Esa es la idea, siempre que adjunte a la notificación de cambio de domicilio dicho contrato de alquiler en exclusiva de una habitación de la vivienda a madre e hija, junto con una declaración jurada de que no forman unidad de convivencia con el propietario de la vivienda, e incluso si fuese factible algún documento acreditativo de Servicios Sociales al respecto como que son dos unidades de convivencia diferentes (una la forman madre e hija como antes, y otra la forma en exclusiva el hermano).

Con eso debería ser suficiente para la Seguridad Social, a falta de que luego no la caguen en el cruce de ingresos más adelante la Seguridad Social y tenga que ir madre e hija reclamando en un futuro.
#3

Re: Cómputo unidad de convivencia ingreso mínimo vital

Mi duda también es que yo soy arrendataria ahora mismo con mi hija solo ,ya que mi madre no convive ya en la vivienda , presente empadronamiento en registro de mi cuidad ..cn el contrato de alquiler y el cambio de unidad de familiar y el empadronamiento..., Ect......lllame al 900. ... De imv y de dijeron que están tramitando. Mi nueba situación ., No se qué pasará ...podrías decirme ?   Gracias ,     
#4

Re: Cómputo unidad de convivencia ingreso mínimo vital

La Unidad de Convivencia tiene según la Ley 19/2021 del IMV 2 características diferenciadoras: domicilio común y parentesco de hasta segundo grado con el titular, lo que incluye a los hermanos. Por tanto si la madre es la titular, su hermano forma parte de la UC.
El contrato de alquiler de habitación o el certificado de los Servicios Sociales solo sirven para cuando queremos acreditar que las otras personas con las que convivimos NO tienen parentesco.
Volviendo al caso actual hay una solución.  Hacer titular a la hija de 24 años e incluir a la madre con ella, misma UC. Su tío, hermano de la madre, sería pariente de tercer grado respecto de la nueva titular, fuera de su UC. Pero habría que dar de baja la actual prestación y presentar nueva solicitud. Anticipo problemas pero es legal esta actuación.