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Patrimonio y deudas en el IMV - Ingreso mínimo vital

14 respuestas
Patrimonio y deudas en el IMV - Ingreso mínimo vital
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Patrimonio y deudas en el IMV - Ingreso mínimo vital
#1

Patrimonio y deudas en el IMV - Ingreso mínimo vital

Buenos días, me gustaría saber si a la hora de hacer el computo de patrimonio para solicitar el IMV, la duda con el banco correspondiente al crédito hipotecario descuenta?, esto es, supone menos patrimonio?. Muchas gracias
#2

Re: Patrimonio y deudas en el IMV - Ingreso mínimo vital

El patrimonio neto sería la diferencia entre el valor de tus activos( inmuebles,acciones,cuentas corrientes...) Y el valor de tus pasivos ( deudas,entre ellos créditos).
El valor de los activos,siempre a valor actual de mercado.
#3

Re: Patrimonio y deudas en el IMV - Ingreso mínimo vital

Hola buenas noches, tengo la misma duda. ¿La deuda o pasivo en este caso de la hipoteca, se puede restar para obtener un Patrimonio neto mas bajo?, actualmente el patrimonio neto para obtener el IMV una sola persona es de unos 21.751€.

¿Es posible descontar la deuda de la hipoteca?, no esta nada claro si es posible y no soy capaz de encontrar algún documento.
Gracias



#4

Re: Patrimonio y deudas en el IMV - Ingreso mínimo vital

No, eso no es posible porque no funciona así para el cómputo de patrimonio... por esa misma regla de tres habría casos en los que te saldría patrimonio negativo incluso (ejemplo: te compras un castillo en ruinas metiéndote en una zipoteca de 30 millones de euros porque te han vendido la moto y luego en tasación te dicen que su precio de mercado son solo 10 millones... ¿le vas a reclamar al banco que te haya concedido la hipoteca por 30 millones cuando el valor de mercado de lo que has comprado es de solo 10? ¿no, verdad? pues es lo mismo)

A Hacienda y la Seguridad Social le dan igual tus deudas... solo le interesa la valoración de lo que tengas en propiedad... les da igual que hayas hecho una reunificación de créditos porque te hayan vendido la moto en el banco y hayas aprovechado para pillarte un BMW y una operación de tetas a pagar en 30 años aprovechando la novación de la hipoteca y reunificación de otras deudas (y no, no es raro, seguro que más de uno conocerá casos de gente que se pilló una vivienda y como el banco le daba el 120% del precio de mercado aprovechó para pagar a 30 o 40 años la casa, el coche nuevo, el viaje de novios y la cirugía estética de rigor por falta de cultura financiera a pesar de que sus amigos le dijéramos que era una locura pagar un coche a 40 años)


#5

Re: Patrimonio y deudas en el IMV - Ingreso mínimo vital

Hola,

Cuando realizas la solicitud para el IMV  Ingreso mínimo vital, te dice.

"Del valor total de los bienes y propiedades se descontaran las deudas y créditos existentes a fecha de la presentación de la solicitud, excluidos los asociados a la vivienda habitual."


Como sabemos, a la hora de realizar el calculo del patrimonio, no nos entra el valor de la vivienda habitual, pero la pregunta o cuestión es:

¿Es posible descontar la deuda de la hipoteca?, no esta nada claro si es posible y no soy capaz de encontrar algún documento.

Gracias por la atención.

#7

Re: Patrimonio y deudas en el IMV - Ingreso mínimo vital

Hola gracias por su respuesta,

Dicen:
El patrimonio no societario neto incluye el valor de los activos no societarios y se descuenta el pasivo no societario que tuviera asociado.

Los activos no societarios son la suma de los siguientes conceptos:

1. Los inmuebles, excluida la vivienda habitual.

 Los pasivos no societarios incluirán las deudas y créditos existentes sobre los activos no societarios a fecha de presentación de la solicitud, excluidos los asociados a la vivienda habitual.

He leído estos días pero sigo sin saber si la DEUDA de la hipoteca es posible de restar.

Cuando haces la "SUMA" para el patrimonio neto, NO AÑADES EL VALOR de la vivienda habitual, pero no dicen que no se puede usar la DEUDA de la hipoteca como pasivo.

Quizas sea que no entiendo bien..., intento de buscar algún documento que me permita entender mejor o que se mucho más claro, ya que tampoco encuentro que DEUDAS si son posibles de usar.

Seguramente y como dicen " excluidos los asociados a la vivienda habitual" supongo que las deudas de la vivienda habitual no pueden restar..., pero y las de otras hipotecas?..., no hay nada claro

 
#8

Re: Patrimonio y deudas en el IMV - Ingreso mínimo vital

Aunque tengas "otras hipotecas", si lees más abajo del enlace de la Seguridad Social que te puse, pone que los inmuebles residenciales serán tasados por su valor de mercado y el resto por su valor catastral (y, por tanto, se la pela que recaiga sobre los mismos zipoteca o no).

Mira que entiendo tu situación (por lo que pusiste en el otro post) pero no le busques los cinco pies al gato en ese tema porque acabarás más perdido que Wally.

Además,  para el IMV existe un límite de patrimonio para su concesión, que a nada más que tengas una vivienda en propiedad y no estés empadronado en la misma, puede que se supere y, por tanto, no puedas ser beneficiario del IMV (estoy recordando no hace muchas semanas una persona que decía tener una vivienda en propiedad en una CCAA y que por motivos X estaba de alquiler en otra CCAA y le denegaron el IMV al computarle dicha vivienda como patrimonio)
#9

Re: Patrimonio y deudas en el IMV - Ingreso mínimo vital

Hola  muchas gracias  ritekg5, por tu atención.

No no tengo otra hipoteca, tengo 1 sola.

Y si, estoy un poco perdido..,  muy preocupado, ya sabes por lo expuesto en el otro post.




#10

Re: Patrimonio y deudas en el IMV - Ingreso mínimo vital

Andaba navegando y leí tu mensaje, ahora parece que ha cambiado.

Siempre que no sea tu vivienda habitual se descuenta hipoteca, según el nuevo pdf que han colgado.

Es decir vives en una vivienda y tienes otra comprada que alquilas....se le descuenta a la vivienda alquilada la hipoteca.

Eso entendí yo, si puedes me das opinión.

#11

Re: Patrimonio y deudas en el IMV - Ingreso mínimo vital

Yo según lo que he puesto en anterior respuesta entiendo.

A vivienda habitual no se le descuenta nada absolutamente.

En vivienda que no sea habitual si que puedes descontar hipoteca.

Este extracto que he puesto lo puedes descargar de la misma web del imv...de hecho han modificado el formulario que es de donde lo he extraído.

Un saludo.
#12

Re: Patrimonio y deudas en el IMV - Ingreso mínimo vital

Me da que se han columpiado con ese texto o información y he decidido comprobarlo yendo a donde hay que ir, que es al BOE consolidado de la Ley 19/2021 por la que se establece el IMV, y leyendo el artículo 20, veo cosas https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007, pero llegado al punto que dicen lo siguiente todo parece más preciso:
 El patrimonio inmobiliario de carácter residencial se valorará de acuerdo con el valor de referencia de mercado al que se hace referencia en al artículo 3.1 y la disposición final tercera del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, y, en ausencia de este valor, por el valor catastral del inmueble. 

El resto del patrimonio inmobiliario, bien sea de carácter urbano, bien sea de carácter rústico, se valorará de acuerdo con el valor catastral de los inmuebles 

y un poco más abajo, lo que para mi me parece clarificador es
6. Independientemente de la valoración del patrimonio neto, se considerará que no cumplen el requisito de vulnerabilidad económica del ingreso mínimo vital las personas beneficiarias individuales o las unidades de convivencia que posean activos no societarios por un valor superior al establecido en el anexo III 

Conclusión mía personal: Esa captura de pantalla y tu planteamiento, aunque pudiesen ser correctos por efecto de la interpretación de dicha Ley, nunca jamás lo han hecho de esa forma porque jamás han descontado préstamos hipotecarios pendientes sobre inmuebles ni otras deudas (ya quisiera más de uno)... ahora bien, que de pie a una interpretación DIFERENTE a la mía en sede judicial es otra historia.
#13

Re: Patrimonio y deudas en el IMV - Ingreso mínimo vital

Disculpa que te lo discuta, es solo para aclararlo a ver si hay conclusión entre ambos o no...

Te pido le eches vistazo, me he ido a la misma ley. Y marcado lo que nos atañe.

Aquí lo que nos interesa es el PATRIMONIO NO SOCIETARIO apartir del apartado B


De forma que según entiendo yo.

Patrimonio societario no neto es UN INMUEBLE (que no sea vivienda habitual ya que ahí daria igual el valor)

Para calcularlo se le descuenta al Activo VALOR REFERENCIA VIVIENDA el Pasivo PRÉSTAMO

Esto mirando la ley, he marcado justo donde se dice...es verdad que puede parecer lioso, pero si le echas vistazo lo mismo llegas a mi misma conclusión.
#14

Re: Patrimonio y deudas en el IMV - Ingreso mínimo vital

Después en cuanto al punto 6 que citas...

Decir que el PATRIMONIO NETO,...es la suma de todo...es justo lo que encabeza el apartado 4. Siendo la suma del SOCIETARIO (acciones) y NO SOCIETARIO (vivienda)

6. Independientemente de la valoración del patrimonio neto, se considerará que no cumplen el requisito de vulnerabilidad económica del ingreso mínimo vital las personas beneficiarias individuales o las unidades de convivencia que posean activos no societarios por un valor superior al establecido en el anexo III.

Este artículo lo que quiere dejar claro es que aunque el total del PATRIMONIO NETO (que se especifica como se calcula en apartado 4 que he marcado) fuera correcto para solicitar el imv (el cual se calcula incluyendo el valor de las participaciones...) daría igual y se denegará el IMV si se supera el valor de referencia indicado en anexo 3, (ahí deduzco no se descontaría hipoteca, pongo lo que he encontrado en mi caso...que es de la ayuda a la infancia imagino que habría que mirar la columna de TEST DE ACTIVOS.

Deduzco:
1° columna sería para suma total PATRIMONIO
y
2° para valor de referencia exclusivamente.



* La captura de pantalla esta extraída del formulario actualizado del IMV que tienen colgado en la web.

https://www.seg-social.es/descarga/es/SolicitudIMV

Esa es mi conclusión, espero no haber sido muy lioso.
#15

Re: Patrimonio y deudas en el IMV - Ingreso mínimo vital

Analizando mi caso concreto y para ser más claro.

Pareja con 3 hijos

Según la tabla

Columna 1 NO puedo superar 84832,02
Se calcula sumando: Dinero banco+vivienda-hipoteca.

(La forma de calcular esta columna está detallada en Apartado 4 del artículo 20)

Columna 2. NO puedo tener vivienda cuyo valor de referencia sea superior a 113119,36€

(La forma de calcular esta columna está detallada en Apartado 5 del artículo 20)

Lo que viene a indicar el Apartado 6 del artículo 20, es que da igual si cumplimos lo de la 1 columna si no se cumple lo de la 2°. HAY QUE CUMPLIR AMBAS COLUMNAS. 

Así es como lo veo yo, lo mismo con un ejemplo me explico mejor.