Hola,antes de reclamar deberíais aseguraros de si se debe o no descontar el bono térmico.
Mi consejo es que por esa poca cantidad no es aconsejable la reclamación,podrían parar el expediente y estar meses con retraso de pagos.
Respecto a si tienen derecho o no a descontar el bono hay opiniones para todos los gustos,yo te digo lo que me dijeron en una asociación que gestiona la ayuda( lo cual no tiene que ser cierto,pues hay dudas en muchas cosas de esta prestación).
El bono social termino es un aumento de patrimonio que en unos casos es computable para el imv y en otros no.
Cuando se descuenta? Cuando el perceptor cobra 100% de su renta garantizada,como es una persona sola y la renta garantizada es 565,37 y dicha persona los está cobrando pues si se lo descuentan ( esos 25 euros al mes aproximadamente)
Por qué? Por qué sumando lo que cobra del imv+ bono térmico sobrepasa la renta garantizada para una persona sola.
Si cobrase por ejemplo 350 de imv no se lo descontarían pues sumando dichos 350+ 25 al mes no llegaría a la renta garantizada (565,37).
Pero lo mejor sería asegurarse a través del INSS.