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Cambio de empadronamiento - Ingreso mínimo vital

11 respuestas
Cambio de empadronamiento - Ingreso mínimo vital
Cambio de empadronamiento - Ingreso mínimo vital
#1

Cambio de empadronamiento - Ingreso mínimo vital

Buenas tardes. No sé muy bien qué pasaría en este caso. Expongo, nosotros somos una familia formada por dos adultos yo y mi mujer y dos menores , nuestros hijos. Este año ya nos pertenecería cobrar los 1174 con la ayuda de hijos a cargo. Desde enero. El caso es que estamos cobrando 719 porque como sabéis la ss van un año atrasado. El caso es que ahora en septiembre nos vamos a mudar a casa de mi madre por no poder hacer frente al alquiler. Y tendremos que empadronarnos con ella pues también tenemos que cambiar a los niños de colegio.  La duda es saber de qué forma nos va a repercutir y desde cuándo. Pues mi madre tiene una pensión de 725 euros. Y no sabemos que pasará. Alguna aclaración por favor?
#2

Re: Cambio de empadronamiento - Ingreso mínimo vital

No sé hasta qué punto te interesa hacerlo, pues los ingresos de tu madre (725 euros mensuales) se restarían del IMV que cobrarías.

El caso es que para la S.S. cambiaria tu unidad familiar de dos adultos + dos menores, a TRES adultos (uno de ellos con ingresos) + dos menores, siendo el IMV anual asignado de 12.979,12.- euros anuales, o sea, unos 1081.59,- a los cuales habría que quitarle los 725 mensuales de tu madre por lo que se os quedarían 356,59.- euros / mes.

https://revista.seg-social.es/documents/39386/1356177/Importe-IMV-2022.png 

¿Cuánto pagas de alquiler? yo me quedaría como estás y hablaría con tu madre a ver si os puede ayudar de alguna forma y con el casero a ver si os puede hacer algún apaño (a no ser que sea el mismo casero quien esté forzando el que os vayáis porque así le interese)
#3

Re: Cambio de empadronamiento - Ingreso mínimo vital

Y mi pregunta es cuando harían esa modificación?. Porque nuestra idea es en contrar una vivienda de alquiler por aquí por el pueblo de mi madre que son más baratas . Pero claro eso puede llevarnos un par de meses o tres. Y muchas gracias por contestar 
#4

Re: Cambio de empadronamiento - Ingreso mínimo vital

Es el caso que tú dices. El casero quiere irse a vivir allí. Y ese ha sido uno de los problemas. En ese aspecto no tenemos opción. Y solo me gustaría saber cuándo haría la ss esa modificación pues la idea es  buscar una vivienda por aquí por dónde el pueblo de mi madre que están más baratas. Pero eso nos podrá llevar dos o tres meses a lo sumo. Gracias por contestar 
#5

Re: Cambio de empadronamiento - Ingreso mínimo vital

Si no haces cambio alguno, tú seguirías cobrando lo que percibes, en diciembre te harían tu actualización y te subiría al IMV completo, quedando pendientes ATRASOS que te abonarían en agosto 2023 (por poner una fecha) que serian 1174 menos 719 por doce meses, ¿correcto?.

Si ahora te mudas a casa de tu madre, tu expediente se paralizará una vez lo comuniques, aumentando tu unidad familiar en una persona más, que encima percibe ingresos, los cuales se descuentan de tu IMV, quedándose en total en poco menos de 400 euros en lugar de los 1174 que "deberías" percibir según citas tú... La paralización del expediente por cambio de residencia junto al añadir una persona más con ingresos a tu unidad de convivencia, hará que estés sin percibir nada de nada durante al menos 2-4 meses como mínimo, y los pagos percibidos serán de los poco menos de 400 euros que te citaba antes.

Si, en cambio, te mudas a una vivienda (sin tu madre, y sin que figuren cambios en las personas que forman tu unidad familiar) la notificación a la Seguridad Social no requiere un cambio de expediente, es un cambio menor, por lo que NO DEBERÍAN paralizarte los pagos, ¿ok?

P.D.  cuando te vayas a empadronar, asegúrate que en la vivienda no figure nadie ya empadronado excepto vosotros, OJO, que si no igual tienes las mismas que si vivieras con tu madre o peor, de cara a la S.S.

Espero que lo tengas ahora más claro.

La variación del cambio de domicilio se hace por esta via https://tramites.seg-social.es/acceso/comunicacion-variaciones-imv.html   y adjuntando todos los documentos oportunos que demuestren el cambio (empadronamiento, contrato alquiler, etc)
#6

Re: Cambio de empadronamiento - Ingreso mínimo vital

Muchas gracias.totalmente aclarado. Un saludo.
#7

Re: Cambio de empadronamiento - Ingreso mínimo vital

Hola lo primero dar las gracias porque exista esta página.
MI caso es el siguiente: Yo soy soltera sin hijos y hasta ahora estoy empadronada sola en mi domicilio, querria hacerle el favor a una gran amiga (con la que no tengo ningún parentesco de consanguineidad ni de ningún otro tipo, solo la amistad, que no es poco) que por un tema personal suyo, se ha tenido que desempadronar donde estaba. 
Mi pregunta es: En este caso, me pueden quitar el IMV? o solamente tendría que demostrar con la documentación que fuera necesaria, que no hay nada legal que nos una y podría seguir cobrándolo? MUCHAS GRACIAS
#8

Re: Cambio de empadronamiento - Ingreso mínimo vital

La unidad de convivencia se forma solo con matrimonio,pareja de hecho o familiares hasta 2 grado de consanguineidad.
Claro,tendrías que aportar lo que te soliciten para demostrar que cumples esos requisitos.
#9

Re: Cambio de empadronamiento - Ingreso mínimo vital

Muchas gracias
#10

Re: Cambio de empadronamiento - Ingreso mínimo vital

De nada.Buen dia
#11

Re: Cambio de empadronamiento - Ingreso mínimo vital

Hola, ha cambiado de domicilio y resulta que hay dos personas empadronadas.
He solicitado como titular del contrato de arrendamiento la baja de los susodichos, sin problema,pero el ayto me ha dicho que tardan mas de un mes en darlos de baja en el padron, y tengo que mandar el cambio de domicilio en un mes.
los tiempos no dan, tengo la notificacion del ayto pidiendo el tramite.
tendre problemas con el imv?
#12

Re: Cambio de empadronamiento - Ingreso mínimo vital

No deberías tener problemas, pero asegúrate que la fecha de baja del padrón de esas otras dos personas sea correcta, es decir, que intenta que cursen baja en un histórico en el día o muy poco después de que tengas tu contrato de arrendamiento, y si es posible adjunta tu contrato de alquiler a la variación de datos (no es algo que sea necesario per-se, pero si en el contrato detalla alquiler en exclusiva como vivienda habitual e indica las personas que convivirán ahí, puede ser interesante tenerlo acreditado ante la Seguridad Social por si en un futuro te sale a colación que ya vivían otras personas y quieren endosártelas como integrantes de tu unidad familiar buscándote las cosquillas)