Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Embargo ingreso mínimo vital

43 respuestas
Embargo ingreso mínimo vital
Embargo ingreso mínimo vital
Página
2 / 3
#16

Re: Embargo ingreso mínimo vital

Hable con mi gestor de el banco , y me ha dicho que en cuanto me ingresen ,lo retire o lo traspase a otra cuenta , ya que este embargo , ya se de dónde viene y ya estoy poniendo medios para poder arreglar esta situación , gracias .
#17

Re: Embargo ingreso mínimo vital

Hola esto también me lo habían comentado , a ver este mes que pasa , lo retiraré o traspasaré , gracias .
#18

Re: Embargo ingreso mínimo vital

Hay un mínimo estipulado por ley para embargar lo que son nóminas, y con esto que es una prestación social, dudo que te la puedan tocar, insisto lo que es la nómina, un embargo de nómina es cuando judicialmente o un ente público, notifica a la pagaduría que ha de descontar x del importe a percibir y ese importe descontado ingresarlo a quien corresponda. Ahora como eso no te lo tocarán, es decir, no saldrá descontado desde la seguridad social, lo que sí que pueden hacer es embargarlo de la cuenta. Y de ahí el recuperarlo es difícil e incluso en su gran mayoría imposible. Si estás en esa situación te aconsejo que hables con quien debes, e intentes hacer un reconocimiento de la deuda, solicitar un aplazamiento, e ir pagándolo poco a poco, nadie te puede quitar el derecho de querer pagar,  aunque sea 5 euros al mes, porque si sale a juicio no es lo mismo tener intención de pago a no tenerlo. Y si llegase la carta del juzgado, te aconsejo que aportes todo la documentación para que sean más benevolentes. Si eso no lo pudieras hacer, mi otro consejo es que retires el dinero enseguida, para que obviamente no te lo toquen. Otra cosa que puedes hacer es mirar la ley de la segunda oportunidad, esto en caso de ser una cuantía importante . Espero haberte podido ayudar en algo 
#19

Re: Embargo ingreso mínimo vital

Me e informado ya de dónde viene el embargo y no tengo nada que ver , está mi nombre pero el verdadero dueño de la deuda es mi anterior pareja , ya que en su tiempo año 2010 dimos el piso que teníamos en conjunto  , en dación en pago quedo una deuda la cual tendría que haber sido cubierta por él ya que fue quien se quedó con todo lo de el piso carro , carro que por cierto estaba a nuestro nombre y lo vendió también sin mi autorización ,etc  en fin ya 
#20

Re: Embargo ingreso mínimo vital

Eso no es cierto, cualquier cantidad es embargable, porque el derecho a cobro existe, lo mismo que existe la obligación de pago. El mínimo embargable de una nómina existe, obviamente… si no llegas a ese mínimo no te lo tacarían de lo que es la nómina, pero del banco  y embargo de bienes si no hay posibidad de pago es así.. de la misma manera que si una persona tiene una casa de alquiler y percibe esa renta, y ya tiene nómina embargada y le viene otra deuda que no le pueden embargar más porcentaje de la nómina, al inquilino le llegaría una carta diciendo dónde tendrá que depositar esa renta. Así que mira si pueden embargar… repito.. un ente público o mediante orden judicial
#21

Re: Embargo ingreso mínimo vital

No quería mandar el mensaje todavía , a lo que voy es que han pasado muchos años y ahora me entero de esto , ya e puesto esto en manos de abogados ya que esta persona , también tendría que haber pasado manutención a el hijo que tenemos en común y ya tres años sin pasar nada , ya podéis imaginar la situación ,bueno muchas gracias por tu información.
#22

Re: Embargo ingreso mínimo vital

Bueno, si ya te han informado bien, no debes preocuparte, pero yo lo volvería a preguntar, porque la verdad según la explicación que has dado.. a mi no me cuadra mucho, no digo q no sea cierto lo que dices ok? Pero la respuesta que te han dado me extraña mucho. Puesto que si sois dos titulares de la vivienda y ha no se ha subsanado al 100x100 la deuda,, sería pendiente para los dos. Salvo que sea él el titular y tú fueses avalista, en ese caso a la hora de embargar irían por él, por eso yo sí soy tú, pediría la documentación que constase que tú tienes deuda 0… por si en un futuro se presentase algún problema 
#23

Re: Embargo ingreso mínimo vital

Muchísima suerte! 
#24

Re: Embargo ingreso mínimo vital

Bueno, pero es fácil, pones una reclamación y listo 
#25

Re: Embargo ingreso mínimo vital

 Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.

 e) Es intransferible. No podrá ofrecerse en garantía de obligaciones, ni ser objeto de cesión total o parcial, compensación o descuento, retención o embargo, salvo en los supuestos y con los límites previstos en el artículo 44 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

 Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

 Artículo 44. Caracteres de las prestaciones. 1. Las prestaciones de la Seguridad Social, así como los beneficios de sus servicios sociales y de la asistencia social, no podrán ser objeto de retención, sin perjuicio de lo previsto en el apartado 2, cesión total o parcial, compensación o descuento, salvo en los dos casos siguientes: a) En orden al cumplimiento de las obligaciones alimenticias a favor del cónyuge e hijos. b) Cuando se trate de obligaciones contraídas por el beneficiario dentro de la Seguridad Social. En materia de embargo se estará a lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil. 2. Las percepciones derivadas de la acción protectora de la Seguridad Social estarán sujetas a tributación en los términos establecidos en las normas reguladoras de cada impuesto. 3. No podrá ser exigida ninguna tasa fiscal, ni derecho de ninguna clase, en cuantas informaciones o certificaciones hayan de facilitar los correspondientes organismos de la Administración de la Seguridad Social, y los organismos administrativos, judiciales o de cualquier otra clase, en relación con las prestaciones y beneficios a que se refiere el apartado 1. 
#26

Re: Embargo ingreso mínimo vital

NO deberian pero de poder, pueden.

Recuerda que estamos en España, el pais de las cosas increibles.
#27

Re: Embargo ingreso mínimo vital

Buenas! A mi  me paso lo mismo !me embargaron  la cuenta!que tengo que hacer!ayúdame! Gracias
#28

Re: Embargo ingreso mínimo vital

En un principio enterate el embargo de donde  viene. Si es a través de un juzgado, que juzgado es. Si aun no se ha ejecutado el embargo tienen que ejecutarlo para que pase a disposición de dicho juzgado. (puedes hablar con tu entidad para que lo hagan) Prepara todos los documentos que acrediten lo que cobras. Y ve con ellos a ese juzgado a presentarlos. Si todo esta correcto mandaran orden a tu entidad para que la cuenta sea "inembargable" y te reintegraran el dinero que te hayan cobrado. 
Espero te sirva. Un saludo y suerte 
#29

Re: Embargo ingreso mínimo vital

Es que a mi  hace tiempo  me hicieron  un contrato de trabajo falso  y pienso que de allí viene!Y si es lo que yo pienso son los de la Seguridad social!en este caso que hago?muchas gracias!
#30

Re: Embargo ingreso mínimo vital

Pero si te hicieron un contrato falso el responsable sera el contratador no entiendo que responsabilidad tienes tu en eso de todas formas ve a tu sucursal ellos te pueden decir de que entidad o administración viene el embargo