Sentencia pionera IBI y La Iglesia
La sentencia judicial, contra la que no cabe recurso de apelación, señala que la Iglesia no tiene derecho a la exención al tratarse de "inmuebles de naturaleza urbana que no se hallan en ninguno de los supuestos de exención legalmente previstos".
En concreto, el Ayuntamiento de Allariz solicitó a la diócesis el pago del IBI correspondiente a cuatro fincas urbanas que aparecen recogidas en el plan general de ordenación municipal.