En el enlace que he puesto arriba lo dice muy claro (en la letra pequaña, por supuesto... y en chiquitin)
2) Cada una de las variaciones mensuales (positivas y negativas) de la acción Telefónica se calculará como la diferencia entre el cierre de dicha acción del día 30 del mes en curso (o día hábil siguiente) y el cierre del día 30 del mes anterior (o día hábil siguiente), existiendo una revalorización máxima mensual del 2,50% para las variaciones positivas excepto la última (sin un mínimo
para las negativas). Fecha de observación inicial: 30 de marzo de 2012, fecha de observación final: 23 de marzo de 2015. Período de contratación: hasta el 29 de marzo de 2012 o hasta agotar la emisión (50 millones de euros).
SIGUE ESTANDO PROHIBIDO PUBLICITAR CÓDIGOS EN LAS FIRMAS