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NEMEA BANK entra en fase de liquidación

417 respuestas
NEMEA BANK entra en fase de liquidación
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NEMEA BANK entra en fase de liquidación
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#346

Re: NEMEA BANK entra en fase de liquidación

Muller,trigo limpo non me parece que sexan. En calquer caso,son uns incompetentes metidos a banqueiros.

#347

Re: NEMEA BANK entra en fase de liquidación

Y aun no han nombrado liquidador, para ver si queda algo para quienes no hemos cobrado los intereses

#348

Re: NEMEA BANK entra en fase de liquidación

Si difícil veo que al final se recupere el excedente de los primeros 100k garantizados, más complicado será que en el proceso de liquidación alguien consiga cobrar los intereses no percibidos.
De todas maneras todos los depositantes firmaríamos ahora mismo que en caso de una futura liquidación bancaria la recuperación fuera tan rápida como la que en su momento efectuó el FGD maltés con la quiebra de Nemea.

#349

Re: NEMEA BANK entra en fase de liquidación

Esto me contestan de PwC

Estimado Sr.

Tras la retirada de la licencia de la Entidad, el Esquema de Compensación para Depositarios de Malta inició el proceso de compensación a los depositantes, sujeto a un máximo de 100.000 € por depositante. A este respecto, comprendemos que el importe de 100.000 € ya se ha abonado en una cuenta bancaria de terceros de su elección y, por lo tanto, el saldo restante pagadero por Nemea asciende a 3.352,64 €.

Camino a seguir

Como apreciará, este saldo pendiente podría liquidarse con los activos restantes de la Entidad en el momento de su vencimiento o liquidación. En esta etapa, como la Persona Competente a cargo de los activos de la Entidad, actualmente estamos tomando todas las medidas necesarias para obtener los ingresos máximos de los activos de la Entidad y, por lo tanto, maximizar dichos posibles ingresos eventuales.

Tenga en cuenta que dichos fondos pueden eventualmente distribuirse como parte del proceso de disolución de la Entidad. Habiendo dicho esto, el proceso de disolución aún no ha comenzado. Le informaremos sobre este tema en caso de novedades.

Confiamos en que lo anterior está en orden, pero si necesita más aclaraciones, no dude en contactarnos.

Saludos cordiales,
Byron

 

#350

Re: NEMEA BANK entra en fase de liquidación

He recibido el mismo correo al menos ya es algo de informacion tras un año de incertidumbre, y parece que no esta todo perdido, en mi caso me adeudan unos 4.000 euros de intereses que tenia en la cuenta en el momento del bloqueo.

Mi preocupacion ahora se centra en el tema fiscal por que no se si declararlos ante la agencia tributaria o esperar fianlmente a ver que se puede recuperar en el proceso de liquidación.

#351

Re: NEMEA BANK entra en fase de liquidación

Ahora los declaras, si los cobras arreglado y sino el año k viene lo deduces como pérdida.
Después me contestó k todavia no se ha nombrado el liquidador, espero k no tarden, pero al menos k se hayan molestado en informar a uno por uno de manera personalizada, hace ver que mas de 100 somos pocos, lo mio también al igual que a ti, también son los intereses

#352

Re: NEMEA BANK entra en fase de liquidación

Tengo una duda sobre si declarar los intereses o no. En mi caso, los intereses generados no habían sido abonados en mi cuenta de NEMEA. ¿Tendría que incluir estos intereses generados pero no abonados en la declaración de 2017?

 

#353

Re: NEMEA BANK entra en fase de liquidación

Habrá de todo. Me llego por error la carta hacia otra persona comunicando el saldo y decìa:

"the remaining balance payable by Nemea to yourself amounts to €43,751.24. "

#354

Re: NEMEA BANK entra en fase de liquidación

si

#355

Re: NEMEA BANK entra en fase de liquidación

En mi modesta opinión,los intereses corridos (accrued interest) pero no percibidos,es decir,abonados en cuenta (paid interest) no estań sujetos a tributación hasta que realmente se perciban (si alguna vez se perciben).

#356

Re: NEMEA BANK entra en fase de liquidación

Vais a cubrir este año el 720 reflejando que ya no teneis el depósito de nemea, o se supone que al ser pública la retirada de la tarjeta bancaria, no tenemos que informar de que los depositos han sido cancelados???. Teoricamente no hay que cubrir cada año el 720 a no ser que se produzcan cambios en la pasta que tienes fuera....Pero ante este cambio, qué haceis? informar o dar por hecho que se dan por enterados de que nadie sigue con depos en un banco que ya no existe?

#357

Re: NEMEA BANK entra en fase de liquidación

#358

Re: NEMEA BANK entra en fase de liquidación

Grazas, Jose!

#359

Re: NEMEA BANK entra en fase de liquidación

Nota a pie de página: Una de las lecciones apredidas de esta experiencia con NemeaBank es, sabiendo el límite de recuperación de 100.000 €, hay que dejar un depo en menos de 100.000 €, teniendo en cuenta los intereses acumulados. No lo había pensado antes.  

#360

Re: NEMEA BANK entra en fase de liquidación

Hola José, leyendo el artículo 25.2 del impuesto de la renta, afirmo que toca declarar los intereses generados y por desgracia no cobrados, si se cobra perfecto y sino pues declaración complementaria declarando la perdida patrimonial.

copio:

En cuanto al tratamiento fiscal de los rendimientos de capital mobiliario percibidos, hay que señalar que, de acuerdo con el artículo 25.2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE de 29 de noviembre), tienen la consideración de rendimientos íntegros del capital mobiliario obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios “las contraprestaciones de todo tipo, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, como los intereses y cualquier otra forma de retribución pactada como remuneración por tal cesión…”.

Por su parte, el artículo 14.1.a) de la citada Ley 35/2006 establece que los rendimientos del trabajo y del capital se imputarán al período impositivo en que sean exigibles por su perceptor.

En consecuencia, en el caso concreto planteado, los intereses íntegros percibidos se imputarán a los períodos impositivos que comprendan las fechas de exigibilidad de los mismos.

 

Por tanto, hay que declararlo, en el momento que son exigibles. Y si después se confirma que no son recuperables, se pide una declaración paralela. Si ambos eventos (exigibilidad de los intereses, y declaración de incobrables) ocurren en el mismo ejercicio, entonces, no hay que declarar los intereses en la declaración de la renta.

 

Guía Básica