Re: ¿Habría alguna forma de sacar el dinero del banco minutos después de anunciarse una quita?
Acciones? Primero tendrías que buscarte un pais no afectado por el contagio y aun así, su bolsa podría bajar por mas de 40 motivos.
Acciones? Primero tendrías que buscarte un pais no afectado por el contagio y aun así, su bolsa podría bajar por mas de 40 motivos.
Lo único que se me ocurre es que si tienes tarjetas de crédito, débito, te fundas todo el dinero en compras eso si no bloquean las tarjetas.
Pero eso para lo que tienes en la cuenta, ahora depósitos imposible lo mejor que puedes hacer es según te vallan cumpliendo llevártelos para casa.
Ninguna, no hay solucion posible ya que estas cosas te las anuncian a las 4 de la tarde (3 en Canarias) los Viernes en una rueda de prensa del Gobierno. Osea que date por jodido.
Y ademas todos los cajeros automaticos te los bloquean y los dejan inutilizables para que no se pueda sacar nada, hasta que el Gobierno lo diga.
Salu2
pero quitan todas las opciones? quizas no se puede sacar dinero , pero si que puedes comprar acciones del Banco Santander
No creo que puedas comprar acciones. Todas las decisiones de calado se toman con el mercado cerrado, viernes a partir de las 17:30... o sábado.
Os pongo lo que he dicho en otro hilo:
Estoy leyendo la futura directiva europea:
Se crea un mecanismo que más o menos (perdonad mi traducción, no está en castellano oficial) se denominará "herramienta de reflotamiento interno" por el cual el Estado miembro podrá inyectar capital a una entidad con dificultades alimentándose para ello del pasivo de esa entidad (es decir, entre otras cosas, de los depósitos).
Pero exceptúa de ello a los depósitos garantizados, (los de menos de 100.000 euros por titular en esa entidad afectada) y a otros instrumentos como los depósitos a la vista y cuentas corrientes (así lo entiendo cuando dice "pasivo con un vencimiento menor a un mes").
Por tanto, conclusión: la de siempre:
1) En cada Entidad hay que tener sólo 100.000 euros, como mucho, por titular.
2) El "reflotamiento interno" se financiará sólo con los depósitos de la entidad reflotada, no con todos los depósitos de entidades de ese país.
3) Cuentas corrientes y depósitos a la vista no financiarán el reflotamiento interno.
Mirad el artículo 38 y me decís si se me escapa algo.
Por tanto, si se anuncia esa "quita" (el término no me gusta nada porque no responde a la realidad jurídica de lo que es una quita), no tienes que preocuparte si tienes dinero a la vista en la entidad afectada. El problema es que tengas allí un depósito a plazo de más de 100.000 euros.
MMM osea que los depósitos a la vista están excentos? Y las cuentas remuneradas como se consideran?
Una cuenta remunerada es a la vista.
Según esta normativa proyectada, si no la modifican antes de aprobarla, no respondería del reflotamiento de la Entidad.
Coinc, por tanto, no respondería del eventual reflotamiento de Bankinter: pero ¿quién va a poner más de 100.000 euros en Coinc si sólo te renta hasta los primeros 50.000?