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Inversión 200.000€, a 15 años, con liquidaciones mensuales de capital e interés.

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Inversión 200.000€, a 15 años, con liquidaciones mensuales de capital e interés.
Inversión 200.000€, a 15 años, con liquidaciones mensuales de capital e interés.
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Re: Inversión 200.000€, a 15 años, con liquidaciones mensuales de capital e interés.

3 días después, suponiendo que los datos son que cada año cuentas con 17000€, entre intereses y principal, limpios de impuestos, os recuerdo que el convenio con la SS actual, después de los 2 años de paro, es actuañmente de 698,5€ al mes, para una base reguladora máxima, por tanto resta esa cantidad a la que queda mensualmente, sería de 718€ al mes neto.

A mí no me salen las cuentas, perdorar pero no lo veo claro. Tener en cuenta que hasta los 65 o 67 años, dentro de 15 años, quedan 15 años que habrá que tener el convenio con la SS...yo sólo lo veo factible si se tuvieran los 60 años, no 50. Lo siento no es tan fácil.

Y no es tan fácil porque a tantos años vista no se pueden hacer tantas previsiones políticas, económicas y sociales, en los años 80 y 90 sí se pudo hacer previendo una posible jubilación en 2012 ó 2014, sin grandes movidas sociales y económicas, que las hubo como la guerra de Irak televisada, etc, etc. Ahora y con lo que está cayendo siento que en el futuro de 12 a 15 años, las cosas puedan cambiar mucho, como que la jubilación que conocemos no funcione igual y haya que pagar un seguro privado, etc.

#74

Re: Inversión 200.000€, a 15 años, con liquidaciones mensuales de capital e interés.

He visto este hilo hoy y con 3 de retraso puntualizo, ya que conozco el tema:Se ha de computar el 50% del interés legal del dinero, que este año es ese precisamente. El cálculo es personal y sólo cuentan los ingresos totales mensuales y demás inversiones (todas); a computar al 2% y dividir por 12. Tb hay que meter los planes de pensiones que se tengan y demás ingresos, premios de loterías, etc.

Pero hay un punto a tener en centa: el abono mensual de las cuotas a la SS del cenvenio especial, que ha de hacerse todos los meses, se resta y si esa cantidad, independiente de los hijos y demás, supera el 75% del SMI, no hay ayuda. La ley por cierto se ha cambiado recientemente a más restrictivo, o sea, a peor.

#75

Re: Inversión 200.000€, a 15 años, con liquidaciones mensuales de capital e interés.

Antondeleo, comienzas tu comentario diciendo.. "suponiendo que los datos son......", y ya te adelanto que supones mal, bastante mal. En otro orden de cosas, la base maxima de cotizacion actual, creo recordar esta en 3.260 euros, o sea hay que pagar todos los meses el 28,3 por ciento, o lo que es lo mismo, 922,58 euros, asi incluso, te garantizo que con un capital de 170.000 euros aproximadamente y 52 años por ejemplo, te quedan unos 1600 euros todos los meses.
Eso en cuanto a los calculos, en cuanto a lo que haga el gobierno en el futuro.......
De todas formas eso es un riesgo que debemos correr todos, el que esta trabajando, el que esta jubilado, el que esta en el paro, todos. No obstante aun por este sistema hay menos riesgos, pues el gobierno podra modificar la parte que le toca, osea, en cuanto a subsidios y pensiones, pero la parte que depende de ti no puede tocarla. (es un decir claro).

Un saludo.

#76

Re: Inversión 200.000€, a 15 años, con liquidaciones mensuales de capital e interés.

Lo siento, pero me temo que el mal informado eres tu poolman.
http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00c01.html

Duración, contenido y cuantía
Duración
Seis meses prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses, con las siguientes excepciones:

Las personas menores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrán además derecho a otra prórroga de 6 meses, hasta totalizar 24 meses.

Las personas mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrán además derecho a otra prórroga de 6 meses, hasta totalizar 24 meses.

Las personas mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrán además derecho a dos prórrogas de 6 meses cada una, hasta totalizar 30 meses.

La edad debe tenerse en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva por desempleo. En el caso de personas trabajadoras fijas discontinuas la duración será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.

O sea, que para mayores de 45 años, se puede prorrogar hasta los 30 meses.

Un saludo.

#77

Re: Inversión 200.000€, a 15 años, con liquidaciones mensuales de capital e interés.

Por fin después de hora y media llego al final, y leo tu contestación, con la que estoy de acuerdo en el 2º párrafo, no en el 1º. Conozco las cifras, la cantidad que indico es la que corresponde a Castilla y León, no sé otros sitios, -para esa base reguladora-. Se debe seguro que hay algún descuento a la hora del cálculo de la cuota a pagar.

Esos datos son los que indica como referencia "Desembolsado", aplicando el 4% a 200.000€ y con aportación de capital previsto para quedar a 0€ a los 15 años. Volviendo a ese cálculo, son aprx. 1400€ al mes, menos la cuota de la SS a abonar todos los meses, por tanto sólo da para pagar la comunidad, el gas, el tel, al agua y si es Octubre la contribución y el seguro del coche, no se si me explico. (Por supuesto que no meto más gastos que todos tenemos además de comer y vestir).

Conclusión par mí: sólo es viable en plan de supervivencia, sin otros gastos asociados como que viva un hijo contigo, un padre mayor con Alhzaimer, etc.

#79

Re: Inversión 200.000€, a 15 años, con liquidaciones mensuales de capital e interés.

Porque nadie habla de que si no tienes cotizados 2 años en los ultimos 15,pero estas en situacion de asimilada al alta puedes cobrar tu pension sin necesidad de pagar un convenio especial,me gustaria que hablaseis deltema «asimilada al alta«pues es una figura muy importante

#80

Re: Inversión 200.000€, a 15 años, con liquidaciones mensuales de capital e interés.

Antondeleo, no se que decirte, a mi no me salen esos calculos, lo único que puedo sugerirte es que si no has visto la hoja, y estas interesado, mandame el correo y te la envio, revisala y dime donde está mal. Aunque ya te adelanto que he echo, por lo menos, 20 envios, y me han hecho varias sugerencias para mejorarla, pero errores, no han encontrado ninguno.
En fin, como quieras.

Un saludo.

P.D. Tienes razón en cuanto a la cuota de la S.S., es debido a que en mi comentario anterior, no he tenido en cuenta que a mayores de 55, la ayuda le cotiza por la base minima, con lo que el asegurado solo paga por la diferencia. De todas formas, todo esto está perfectamente recogido en la hoja.

Guía Básica