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He cancelado anticipadamente el deposito de la CAM del 4,50% a 18 meses y necesito ayuda

16 respuestas
He cancelado anticipadamente el deposito de la CAM del 4,50% a 18 meses y necesito ayuda
He cancelado anticipadamente el deposito de la CAM del 4,50% a 18 meses y necesito ayuda
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#1

He cancelado anticipadamente el deposito de la CAM del 4,50% a 18 meses y necesito ayuda

El 27/07 formalize Eur. 300.000,00 al 4,50% durante 18 meses con intereses pago trimestral.
El 30/09 liquidacion primera, abonan 2376,26 y debitan 499,01 (21% de retencion).
El 08/10 me persono en la oficina (Madrid capital) y digo que necesito todo el dinero pues me voy a comprar ya un piso nuevo, no me ponen ninguna pega y por estos 8 dias, abonan 290,22 y debitan 60,96. Automaticamente el ordenador abona 300000,00 y debita 2666,48 con lo que el saldo resultante es 299440,03.

Yo en ningun momento he ingresado ni retirado de la cuenta nada desde que la abri, y como no estoy de acuerdo con el saldo, la comercial reclama al CAU de Alicante:
a) por la retencion de los intereses debitados 559,94 ya que si me anulan todos los intereses abonados, tambien tendrian que anularme los intereses debitados (21,00% de retencion).
b) Por el 0,50% que no me abonan (73 dias desde el 27/07 al 08/10) que serian 237,00 (300,00 menos 63,00)

Hoy contesta el CAU:
a) Los intereses retenidos ya no los devuelve Hacienda una vez pagados, y en la liquidacion de la Renta del año que viene este importe se me devuelven o se regularizan.
b) Lo del 0,50% no es tal como yo lo digo, y que segun la clausula octava del contrato de deposito a plazo que dice: "cuando se trate de liquidacion periodica trimestral o mensual se liquidara al tipo de interes en vigor desde el dia siguiente de la ultima liquidacion hasta el dia anterior a la cancelacion y se penalizara con el 4,00% sobre el importe de la imposicion por el periodo de plazo comprendido entre la fecha de la cancelacion anticipada y el dia anterior a la fecha como vencimiento, sin que pueda superar el importe de los interese devengados".

A partir del 10/12 al fusionarse con el Banco Sabadell, cambian las condiciones contractuales, pero eso es a partir de esa fecha, y tampoco en la oficina se aclaran.

La verdad es que no se si tienen razon o no en la respuesta en los dos puntos, pero estoy muy cabreado, porque como minimo deberia ver reflejado en mi cuenta los 3000000,00.

Perdonar por el tocho y gracias y saludos

#2

Re: He cancelado anticipadamente el deposito de la CAM del 4,50% a 18 meses y necesito ayuda

Yo no me hubiera comprado el piso hasta que pasaran esos 18 meses

#3

Re: He cancelado anticipadamente el deposito de la CAM del 4,50% a 18 meses y necesito ayuda

Si hubieras pagado de más a hacienda, en la siguiente declaración se regularizaría entiendo yo.

Lo que no entiendo es que tengas que pagar nada a Hacienda si has hecho un depósito de 300K, y te ha reintegrado los 300K sin nada más, pues no deberían haber retenido nada, y eso es un problema del banco, no de Hacienda.

En todo caso como al final te quedarían a cobrar los intereses del 0,50% como dices, por 73 días, es sobre esos interés el cálculo del 21% de retención y como ya habías hecho un ingreso anterior o retención a cuenta, pues no te tendrían que retener nada y en siguientes declaraciones compensarse por haber anticipado el pago.

Es ilógico que tengas menos dinero que cuando empezaste, si el depósito es garantizado y nunca se penaliza sobre el principal, sino sobre los intereses.

#4

Re: He cancelado anticipadamente el deposito de la CAM del 4,50% a 18 meses y necesito ayuda

La CAM, aunque escueza, lo ha hecho correctamente.

Olvidate de eso del 0,50%, pues es como te dicen el CAU. No puedes restar 4,50% - 4,00% directamente, pues son conceptos diferentes. El primero es "Intereses acreedores" (a los que hay que restar el IRPF) y el segundo, "Comisión por cancelación anciticipada". Una vez calculada su cuantía , se restan del interés bruto devengado. De ahí el que salga saldo negativo y se reste del principal, justo por el importe de la retención del IRPF.

En definitiva, que si que has cobrado intereses, sobre los que se soporta una retención IRPF, y a la vez has sufrido un rendimiento de capital mobiliario negativo.

Saludetes

#5

Re: He cancelado anticipadamente el deposito de la CAM del 4,50% a 18 meses y necesito ayuda

"Microlector", lo que pasa es que me interesa pagar antes de fin de año lo maximo posible, ya que el IVA de viviendas nuevas es ahora del 4% y a partir de Enero del 2013 sube al 10%.
Entonces haciendo numeros, con lo del Banco pierdo un 4,5% pero si pago este año, gano un 6%, asi que la diferencia es 1,5%-
Ademas como el deposito acababa de empezar (solo dos meses de dieciocho) pienso que es lo mejor, ya que el piso me lo dan en 15 meses e iba a estar apurado de fechas (entrega llaves 15 y vencimiento del deposito 16).
Saludos

#6

Re: He cancelado anticipadamente el deposito de la CAM del 4,50% a 18 meses y necesito ayuda

Pues entonces yo estaba equivocado, creia que tenia seguro si cancelaba anticipadamente el 0,50%.
Por lo que dices, entonces el año que viene en la declaracion de la Renta, la CAM me pondra en los papeles que envian todos los años, que he pagado estos intereses y me los podre desgravar, no ???
Gracias y Saludos

#7

Re: He cancelado anticipadamente el deposito de la CAM del 4,50% a 18 meses y necesito ayuda

Hace ya varios años yo tenía un depósito en CAM de cantidad parecida a la tuya. Empecé a leer noticias sobre la cantidad que cubría el FGD y me intranquilicé tanto que decidí cancelar anticipadamente y diversificar mis ahorros.
Las claúsulas de cancelación anticipada en el contrato, por entonces, eran distintas. Tuve que devolver gran parte de los intereses En el ejercicio del IRPF del año siguiente, en los datos fiscales, no aparecía la retención practicada por Hacienda

#8

Re: He cancelado anticipadamente el deposito de la CAM del 4,50% a 18 meses y necesito ayuda

Lo siento. Me he quedado a medias en mi comentario.
... Tuve que devolver gran parte de los intereses que había cobrado pero lo retenido por Hacienda ya no se me devolvió.
Pedí al director que me diera un justificante de esta devolución por más que él decía que no me haría ninguna falta.
Como dije antes, en los datos fiscales del año siguiente, no aparecía que yo hubiera devuelto el dinero a la CAM ni que Hacienda tenía retenido un dinero que me pertenecía. Ese año fuí a una delegación de Hacienda a que me hicieran la declaración. Dije que los datos fiscales estaban mal y expliqué la razón. No tuve necesidad de sacar el justificante del director pues la persona que me atendía me dijo: "Ah, ya veo que trae usted las cuentas bien hechas, pues déme los datos totales y los pongo".
Con esto quiero decirte que aunque no te aparecieran en el IRPF del año que viene bien estos datos, los justificas y te lo devuelven.
Perdón por la respuesta entrecortada.

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