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Fenosa - Cambio de contadores

34 respuestas
Fenosa - Cambio de contadores
Fenosa - Cambio de contadores
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#33

Re: Fenosa - Cambio de contadores

La verdad, este tema es una locura, os pongo mi caso.
Hago una reforma eléctrica en mi casa y paso de 4,4 a 5,75 de potencia, voy a endesa con el boletín y me tramitan el cambio, pido que me vengan a precintar el icp y en su lugar vienen a cambiarme mi contador analógico por uno digital, le pregunto al que me cambia el contador sobre lo de precintar el ICP y me dice precintar el icp? hace años que dejaron de precintarse!
Así que pense que el cambio de contador seria para detectarme posible excesos de potencia.
Cosa que tampoco veo logica porque una de las normas del icp es proteger la instalación segun lo que pueda soportar en tu caso, por mucho mas que te quieran cobrar tendria que haber una limitación pues si tu casa puede aguantar 5,5 el contador no deberia permitir gasta 12 pues la casa puede acabar en llamas.

#34

Re: Fenosa - Cambio de contadores

El responsable de la instalación interior y su seguridad es el propio abonado.
Cosa que acredita con el boletín expedido por el instalador acreditado.

La instalación de compañía acaba en las bornas de entrada de la caja general de fusibles de la finca.
A partir de ahí, fusibles incluidos, es ya propiedad del abonado.
Otra cosa es que por subsidiariedad, compañía acepte un cierto derecho de supervisión hasta salida de contador, y en los tiempos anteriores a los contadores digitales con maxímetro, hasta las bornas de salida del ICP-IG.

Si tu instalación interior solo puede aguantar con seguridad 5,5/5,75 kW, eso mismo dirá el boletín del instalador, y dispondrás del correspondiente ICP-IG de 25 A. Bueno, las instalaciones se dimensionan con cableado que pueda aguantar bastante más.

La compañía eléctrica te puede suministrar toda la potencia que quieras y más. No puedes plantearte que sea a compañía la que "estreche sus tubos" por la razón de que tu instalación interior particular quizás no aguantaría si tu decides puentear tu interruptor de seguridad.

La medición por maximetro es por "cuartihoras". O sea, si por un aquel requieres una potencia de arranque de 6,2 kW, durante pocos segundos, el maxímetro no leerá que superas la potencia contratada.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#35

Re: Fenosa - Cambio de contadores

En mi opinión, hay un cacao de conceptos. No es lo mismo, ni sus funciones son las mismas, el ICP que el IGA.

El ICP (Interruptor de Control de Potencia) es un interruptor de corte automático destinado únicamente a controlar que la potencia realmente demandada por el consumidor no exceda a la contratada. Su función es meramente de control/facturación; nunca de protección. Su existencia va ha depender del contrato.

El IGA (Interruptor General Automático) es un interruptor magnetotérmico de corte omnipolar encargado de proteger contra sobrecargas y cortocircuitos la instalación completa. Es un concepto "nuevo" introducido por el REBT de 2002, que marca como obligatorio e independiente del ICP.

Lo habitual es encontrarse con instalaciones anteriores al REBT de 2002 en las que las funciones del IGA estén "delegadas" sobre el ICP, ya que realmente no existe IGA; pero en las posteriores siempre habrá IGA y, si es necesario por contrato, ICP. También hay por hay instalaciones aún más antiguas en las que no hay ni IGA ni ICP; caso importante ya que aquí se aplica de forma automática un RECARGO POR NO TENER ICP.

En cuanto a la facturación por potencia, el asunto es muy claro. Si existe ICP, la facturación por potencia se hace en base a una determinada potencia fija contractual; no hay posibilidad de que se facture por "maxímetro" de ningún tipo. Otra cosa muy distinta son los "chanchullos" de eléctricas y consumidores. Me explico. Si un consumidor con ICP tiene una potencia contratada de X pero, por el motivo que sea, está demandando realmente X+Y, sería obligación de la eléctrica informar/inspeccionar al usuario sobre la irregularidad para solucionarla. ¿Qué ocurre? Pues que esto es España, un país singular en el que la imaginativa compañía eléctrica puede aprovechar a su favor esa situación "irregular" del consumidor, bordear la legislación e imponer una mayor facturación de forma automática (penalización por falta de ICP, penalización por exceso de potencia, paso automático al tramo superior, etc).

¿Como saber a que se debe el aumento en la factura? Observa tu oscura factura de electricidad; los conceptos y cantidades por los que te cobran; así se puede saber, como mínimo, si es por potencia o por energía.