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Venta de acciones /// Hacienda!!!

12 respuestas
Venta de acciones /// Hacienda!!!
Venta de acciones /// Hacienda!!!
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#9

Re: Venta de acciones /// Hacienda!!!

Yo he leido lo mismo pero no estoi seguro,pero creo que es asi.
Saludos.

#10

Re: Venta de acciones /// Hacienda!!!

Los primeros 1500EUR obtenidos de dividendos de acciones no tributan. El resto de las plusvalias (beneficios en la compraventa de acciones, intereses de plazos fijos, etc...) cotizan integramente al 18%.

#11

Re: Venta de acciones /// Hacienda!!! MOREDAROR LEELO

Chic@s/Moredador de Rankia: deberiamos de abrir un apartado con el tema de declaracion de renta, saldriamos entre todos ganando y seria de gran utildad para todos, ya que el lado oscuro de la fuerza esta muuuuuuuuuuuuuuuu oscuro para casi todos los "Rankianos" y mas como estan cambiando las cosas.
Sr moredaror toma nota o hagamos una votacion para ver si sale rentable el apartado de Hacienda.
Saludos

#12

Re: Venta de acciones /// Hacienda!!! MOREDAROR LEELO

Se estan tomando medidas Juanjomon,la semana pasada se abrio un hilo con lo mismo,hacer transparente el lioso tema con la renta/hacienda.
Saludos.

#13

Re: Venta de acciones /// Hacienda!!! MOREDAROR LEELO

Después de unos días desconectado, mi primer mensaje va a ser algo crítico (espero que de forma constructiva).

En mi opinión la duda de crear un nuevo foro o un nuevo apartado por un lado tiene sus ventajas, entre otras vas directamente a lo que buscas, y por otro sus desventajas, como por ejemplo una mayor fragmentación de toda la información. Si de votar se trata, yo estoy en contra de una mayor fragmentación.

Pero mi critica, más bien autocrítica, y al menos es mi impresión, es que leemos poco a los demás intervinientes, y los mensajes de los demás (empiezo por mí).

Como ejemplo, la propia duda de los 1.500 euros exentos. Creo que repetido hasta la saciedad. Lo primero de todo es que no hay que confundir rendimientos de capital mobiliario con ganancias y pérdidas generadas en la transmisión de elementos patrimoniales, ambos integrantes de la base del ahorro, pero en dos "compartimentos estancos".

Y dentro de los rendimientos de capital mobiliario, se establece una exención de hasta 1.500 euros para los dividendos y similares, pero con ciertos requisitos, y es que las acciones se deben mantener en cartera, al menos, un período de dos meses anteriores o sino dos meses posteriores al pago del dividendo si hablamos de acciones negociadas en algún mercado de la Unión Europea, convirtiéndose el período en un año antes o un año después del pago en cualquier otro caso.

Y repitiendo enlace, y sabiendo que es un auténtico rollo, aunque a día de hoy todavía no se ha modificado la legislación, en este mensaje hablaba de la fiscalidad de las acciones, y también invito a que los que estáis "operando" lo complementéis con las posibles omisiones o con los posibles errores:

https://www.rankia.com/foros/bolsa/temas/300783-fiscalidad-acciones-para-no-contribuyente#300797

Saludos.