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IRPF y dividendo acciones extranjeras

6 respuestas
IRPF y dividendo acciones extranjeras
IRPF y dividendo acciones extranjeras
#1

IRPF y dividendo acciones extranjeras

-Supongamos que tus acciones extranjeras te pagan 1000€ brutos en dividendos.
-Te retienen en origen 150€
-Te retienen aquí 180€

Puesto que no tienes más acciones y sumas menos de 1500€ en dividendos, éstos están exentos, por lo que te devuelven los 180€, pero... ¿te devuelven también los 150€ retenidos en el exterior? Según la guía de la renta 2008 "La deducción no podrá exceder de la cuota íntegra que correspondería pagar en España por la renta positiva imputada en la base imponible". Entiendo por tanto que no te los devuelven, aunque tengas base imponible del ahorro de sobra por otros conceptos.

¿Alguien que sepa de esto me lo puede confirmar?

#2

Re: IRPF y dividendo acciones extranjeras

La deducción por doble imposición internacional es la menor de dos cifras:

- Los impuestos pagados en el extranjero. En tu ejemplo los 150 euros retenidos en el país de origen.

- El resultado de aplicar el tipo medio efectivo de gravamen a la parte de la base liquidable gravada en el extranjero. En tu ejemplo la parte de la base liquidable gravada en el extranjero es cero, ya que como bien dices esos dividendos están exentos y por tanto no están sumando en la base.

Por tanto la deducción por doble imposición internacional en tu ejemplo es cero, esos 150 euros debes darles por perdidos.

Saludos.

#3

Re: IRPF y dividendo acciones extranjeras

¡Muchas gracias!

#4

Re: IRPF y dividendo acciones extranjeras

¿Cómo iría si no estuvieran exentos los dividendos de acciones extranjeras y siguiendo el ejemplo que ponen y multiplicándolo por 10?:
Dividendos : 10000 brutos
Ret.en origen: 2100€ (21% en Alemania)
Ret.española: 1800€.
Más que nada para que me quede claro pues tengo acciones alemanas, las dichosas Deutsche Telekom, muertas de asco en el baúl de los recuerdos...
Gracias como siempre por tus aportaciones en Rankia, no tienen precio.
Si eres asesor, que me lo supongo, deberían dejarte poner gratis en esta web un icono-link de tu negocio, por lo menos jeje.
s2.

#5

Re: IRPF y dividendo acciones extranjeras

En principio hay que suponer que tu base liquidable del ahorro coincide con tu base imponible del ahorro. Esto puede no suceder cuando tienes que trasladar algunas reducciones y/o tu mínimo personal y familiar a compensar las rentas del ahorro.

Pero sigo con la primera suposición. El tipo medio efectivo de gravamen de tus rentas del ahorro en ese caso es es el 18%, por tanto la deducción es la menor entre 2.100 euros (impuestos pagados en el extranjero) y 1.800 euros (18% x 10.000), por tanto 1.800 euros.

El resumen es que tributas el 18% de 10.000 euros, y pierdes el 3% de esos 10.000 euros. No obstante, recuerdo que con Alemania hay firmado Convenio, la retención que te tienen que practicar allí no puede ser superior al 15%, así que si te siguen reteniendo el 21% deberás de arreglar los papeles.

Es buena idea la de poner el icono-link, pero resulta que no soy asesor, me dedico a la fiscalidad por afición.

Saludos.

#6

Re: IRPF y dividendo acciones extranjeras

Pues te aseguro que han aplicado el 21% según detalle del banco a la hora del pago de dividendos. Entiendo que implica rellenar formularios extraños para que te lo devuelvan no? y que no merece la pena verdad?
¿No hay posibilidad de aplicar la deducción por doble imposición internacional (casilla 734) directamente sin pasar por el formulario?. En caso de que se pudiera (pongamos el caso que sí aunque sea no) la deducción sería entonces de 1800€ (la menor entre las 2 retenciones). Luego además tendrías la resta de la retención aplicada aquí del 18%, o sea, de otros 1800€ de retenciones a cta, no?
Pues dedicarse a la fiscalidad por afición y saber tanto de la misma no está al alcance de cualquier persona. Te felicito, claro está.
Saludos.

#7

Re: IRPF y dividendo acciones extranjeras

Puedes aplicarte perfectamente la deducción por doble imposición internacional, no te hace falta ningún formulario para ello. Efectivamente, en la declaración estás sumando en la cuota 1.800 euros (el 18% de los dividendos) y por otro lado estás restando los 1.800 euros de deducción y los 1.800 euros ya pagados aquí (la retención nacional).

Los formularios son para que corrijan tu tipo de retención o para solicitar el exceso de retención. Lo de merecer la pena o no, puede depender del importe.

Gracias por tus felicitaciones y saludos.

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