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Audiencia condena a devolver la comisión de descubierto

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Audiencia condena a devolver la comisión de descubierto
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Audiencia condena a devolver la comisión de descubierto

El Banco Popular, condenado a devolver una comisión por un descubierto
EL BANCO TENDRÁ QUE PAGAR UNA CANTIDAD DE 7.795,54 EUROS

La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado al Banco Popular a devolver la cantidad de 7.795,54 euros por cobrar comisiones de descubierto a una empresa durante dos años, al considerar que es "ilegal al no corresponder con la prestación del servicio".

PANORAMA-ACTUAL - 26/01/2005 15:18 h.

El delegado de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (AUSBANC) en Alicante, Pedro Pérez, dijo este miércoles que esta sentencia es pionera en España y, en este caso, supone la devolución de la citada cantidad en concepto de comisión por conceder un crédito a un cliente y se le aplicará también el tipo de interés con el mayor saldo deudor.

Pérez recordó que las entidades bancarias cobran comisiones cuando ofrecen servicios, pero en este caso por prestar un crédito al descubierto no se aporta ningún servicio y, por tanto, no existe ninguna causa para aplicarse dicho beneficio.

Pérez explicó que cuando se produce un descubierto en una cuenta corriente, las entidades bancarias repercuten intereses por ese descubierto "mucho más elevados que los ordinarios", y en este caso el Banco Popular estableció en el contrato el veintinueve por ciento nominal anual.

Además de este interés, el banco repercutió una comisión por este descubierto con el agravante de que dicha comisión se calcula sobre el mayor saldo en descubierto del período de liquidación.

Consideró que "esta comisión es ilegal e incorrecta, ya que el crédito en descubierto se remunera vía tipo de interés", y añadió que "el hecho de repercutir, además, una comisión de descubierto, supone un doble cobro que genera un enriquecimiento injusto para la entidad bancaria".

Pérez aconsejó a los usuarios, tanto particulares como empresas, que reclamen el reintegro de estas comisiones al departamento de atención al cliente de la entidad y, ante su negativa, que actúen por vía judicial. Añadió que "existen muchas entidades en España que practican estas incorrecciones y se benefician ilegalmente a costa de sus clientes".