En relación con el alta de autónomo, nuestra legislación es tan antigua y absurda que no prevee el caso de que se gane menos dinero del que hay que pagar a la Seguridad Social todos los meses (la cuota mínima es de unos 260 euros). Lo único que dice es que, si se “realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo”, es decir, si no se trata de un trabajo puntual, es obligatorio legalmente darse de alta. De la cuantía de los ingresos no dice nada, aunque parezca increíble. Sin duda los políticos deberían actualizar esto lo antes posible, relacionar de alguna forma la cuota con los ingresos, pues se obliga a la práctica totalidad de los bloggers -así como a casi todos los propietarios de canales de YouTube- a trabajar fuera del sistema. Sin aportar nada a las arcas de la Seguridad Social pero también sin cotizar de cara a la jubilación ni aunque sea una hora por su trabajo. Y hay muchos, muchos bloggers.
Afortunadamente, y atención ahora a esto, como antes comenté existe una “norma no escrita”, de tipo digamos consuetudinario –que se aplica en la práctica aunque no figura en reglamento alguno- a la que podemos acogernos. Dicha “ley” oficiosa dice que no es obligatorio que nos demos de alta como autónomos en la Seguridad Social si nuestros ingresos no alcanzan el salario mínimo interprofesional (poco más de 700€ mensuales tras la última subida pactada por gobierno y resto de partidos). Hay incluso algunas sentencias judiciales respaldando esto. Dicha jurisprudencia considera que ingresos inferiores a esta cantidad no pueden considerarse “trabajo habitual”. Sin duda con buen tino.
Pese a todo se trata de una práctica no oficial; hasta que no la cambien, la normativa pura y dura dice que estamos obligados en cualquier caso. No importa que estemos empezando, o que la monetización de AdSense sea para nosotros un simple complemento para nuestra actividad principal o medio de vida, un “dinerillo extra” digamos. Si nuestros anuncios y campañas nos generan, por ejemplo, 100 euros mensuales, según la normativa al ser una actividad mantenida en el tiempo (no un trabajo puntual) deberíamos darnos de alta y pagar los cerca de 300 euros cada mes (¡¡!!) a la Seguridad Social. Si no lo hacemos podemos ser sancionados, y lo de la “norma no escrita” tendremos que contárselo luego al juez (si es que llegamos a litigar, algo que por supuesto casi nadie hará). En definitiva, esperemos que los políticos cambien pronto la ley y toda esta actividad cada día mayor pueda regularizarse.
En el caso de que trabajemos por cuenta ajena (para cualquier empresa con un contrato de trabajo) y además generemos ingresos extra con un blog o canal de YouTube, nuevamente en teoría es obligatorio darse de alta como autónomo también, adicionalmente. Tendremos que estar dados de alta en ambas modalidades.
Así pues, sin duda la mejor situación administrativa en la que podemos encontrarnos de cara a ser blogger o youtuber es la de que ya seamos autónomos, por cualquier otra actividad, a la que sumaremos ésta.
En tu caso, a un inspector le pagan lo que tu ganas por respirar, no van a gastar recursos en ello (aunque ahora que las cosas estan tan mal, van a joder hasta a los mas pequeños así que todo es posible).
Lo que hace todo el mundo es no darse de alta hasta llegar al menos a los 500 mensuales. Te quedarás con menos de la mitad pero dormirás tranquilo. Si ganas menos, bajo ningún concepto te des de alta, y mucho menos si al final acabas perdiendo dinero. Que les jodan con sus leyes absurdas.