Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Sobre el tema de la cesión de datos a las entidades financieras

21 respuestas
Sobre el tema de la cesión de datos a las entidades financieras
Sobre el tema de la cesión de datos a las entidades financieras
Página
1 / 3
#1

Sobre el tema de la cesión de datos a las entidades financieras

En otro hilo (Los bancos comprueban la actividad económica de sus clientes) estuve tratando con algunos foreros, en especial con Avante, sobre este tema prometiendo dejar constancia del clausulado de las aperturas de cuenta que se incluyen en los contratos del entidad donde trabajo a este respecto.

Como pago las deudas, aquí dejo, para que le echeis un vistazo, aunque yo recomiendo una buena lectura, que aclarará algunas dudas y deshará algunos entuertos. Entiendo que el de otras entidades será basicamente parecido pero si alguno se ha leido el contrato de cuenta que firmó al abrir la misma en su banco/caja y ve algo diferente, se agradecerá que lo ponga en común con nosotros.

Saludos

A) se informa a los intervinientes afectados que sus datos de caracter personal, recogidos en este momento o que en el futuro se recojan para el mantenimiento de las relaciones contractuales o precontractuales con los mismos y gestión de XXXXX, incluida su utilización para la remisi´´on personalizada de información comercial propia o de otros terceros, serán registrados en un fichero automatizado, titularidad de XXXXX y situado en su centro de proceso de datos de XXXXXXXXXX s/n sobre el cual los afectados podrán ejercitar los derechos de acceso, y en su caso, de rectificación, cancelación y oposición.

Los afectados aceptan el trtamiento automatizado de todos us datos recogidos por XXXXX como consecuencia de cualquier solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, así como por la realización de cualquier operación o transacción, con el objeto de adecuar las ofertas a las particularidades concretas de los afectados, así como de posibilitar un asesoramiento financiero personalizado a los mismos; autorizando, para todo ello, la realización de de valraciones de riesgo y la obtención de perfiles comerciales pudiendo estos oponerse a este tratamiento de datos.

Los afectados autorizan expresamente a XXXX para que estos datos personales puedan ser cedidos o, en su caso, interconectados, a sus agentes o a terceros que forman o formen parte en el futuro, parte de su grupo (Seguros XXXX Vida S.A.) domiciliado en XXXXX, para su utilización conforme al objeto social de de los mismos en materia seguradora; informándose a los afectados, por este documento, de la realización de dicha cesión, con la finalidad anteriormente señalada.

Asímismo, los afectados aceptan que sus datos personales puedan ser cedidos a otro terceros con los que XXXXX ultime acuerdos de colaboración, a los solos efectos de que puedan recibir información comercial sobre productos, servicios o programas de fidelización (XXXX club, etc). Para estas mismas finalidades publicitarias, los afectados consienten que XXXXX pueda seguir tratando sus datos personales con posterioridad a la conclusión de las relaciones contractuales precontractuales.

El consentimiento del afectado para que puedan ser cedidos sus datos, así como para la obtención de perfiles comerciales y de riesgo y remisión de publicidad, en la forma establecida anteriormente tiene el caracter de revocable sin efectos retroactivos, de acuerdo con lo previsto en la ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre. En este sentido, esta revocación podrá ser ejercitada gratuitamente en el mismo momento de suscribir el presente documento, cumplimentandose (resumo) un documento que puede solictarse en cualquie oficina de XXXXX, mediante envio de carta a la dirección XXXX o mediante el mail XXXXX@XXXXX. Pudiendo la revocación alcanzar a todas o aparte de de las autorizaciones, marcando las casillas que correspondan. Ese mismo documento de revocación podrá ser utilizado por los afectados en cualquier momento posterior.

La revocación realizada de esta forma`permanecerá en vigor hasta que se conceda,en su caso, expresa autorización especial en contrario. Por ello, la suscripción de cualquier docemento posterior al escrito de revocación señalado, con la consiguiente clausula de autorización,no anulará la revocación comunicada mediante el señalado documento.

B) Se informa a los intervinientes afectados, si son personas físicas, que obligatoriamente se informará a CIRBE, que es gestionada por el BdE, de sus datos personales, identificación del riesgo, caracteríticas de los intervinientes y del riesgo, incluyendo, en particular, las que afecten al importe y recuperabilidad del riesgo, y demás aspectos que exijan las disposiciones legales y administrativas vigentes. Asímismo se a esa central de las situaciones de incumplimiento por parte de lso acreditados. En el caso que la persona física intervenga en esta operación como empresario individual, se hará constar a la central que interviene en el ejercicio de sua actividad emprearial.

C) En el supuesto de no producirse los pagos en los términos previstos en el presente documento, cumplimentados los requisitos legales requeridos al efecto, los datos realtivos al impago podrán ser comnicados a ficheros relativos al incumplimiento de obligaciones dinerarias.

Pdt: lo he copiado a manija por lo que pido perdón por las posibles faltas o saltos de letras al escribir que espero no perjudiquen la interpretación del texto.

#2

Re: Sobre el tema de la cesión de datos a las entidades financieras

Hola, y no seria mas facil y mas rapido y mas claro un contrato que dijera "no cederemos sus datos a nadie excepto a los organismos y entidades oficiales que nos los pidan por motivos legales?, y claro al que cuela cuela y los datos a venderlos o a utilizarlos para venderles productos, repito creo que seria mas facil rapido y claro de leer si pusiera "no cederemos sus datos a nadie excepto a los organismos y entidades oficiales que nos lo pidan por motivos legales", saludos

Viva el vino y la mujeres!!, el primero cuanto mas bueno mejor lo segundo ......

#3

Re: Sobre el tema de la cesión de datos a las entidades financieras

Lo comentado en aquel hilo lo estoy viendo en todos los contratos nuevos.

Por ejemplo, ING Direct, que el día 21 de octubre estrenará contrato de prestación de servicios, ya advierte en el punto 5.4 que se reservan el derecho de solicitar, en nombre del titular, a un tercero (público o privado) datos que permitan verificar la actividad profesional de su cliente.

O sea, que pueden llamar por teléfono al señor o señora de la limpieza de tu lugar de trabajo para preguntarle si sigues trabajando allí o si te han despedido ya.

Página principal > Información Legal (abajo) > Contrato de prestación de servicio (pág. 54 de 90 en el .pdf)

#5

Re: Sobre el tema de la cesión de datos a las entidades financieras

No tiene nada que ver una cosa con la otra. Aquí se trata de la cesión de los datos que se dan a la entidad al abrir cuenta/trabajar con ella.

Por otro lado, ya me gustaría saber con qué aplicación informática propia de la entidad pudo acceder a esos datos; yo solo puedo ver lo que se domicilia en mi entidad (abonos o cargos), no los abonos que un pagador X hace en la cuenta del cliente Y abonando en el banco Z.

Mucho me temo que el empleado de la Vital uso algún contacto personal en la diputación para que le diesen ese dato.

Saludos

#6

Re: Sobre el tema de la cesión de datos a las entidades financieras

El Gobierno Vasco hacia las trasferencias a través de Caja Vital, y Caja Vital enviaba el dinero a la entidad financiera de la persona que denunció la situción.

En esta página tienes la resolución de la Agencia de Protección de Datos:

https://www.agpd.es/portalweb/resoluciones/procedimientos_sancionadores/ps_2007/common/pdfs/PS-00055-2007_Resolucion-de-fecha-10-09-2007_Art-ii-culo-9-LOPD.pdf

#7

Re: Sobre el tema de la cesión de datos a las entidades financieras

La noticia es de traca, y la reaccion del funcionario-jeta-mentirosillo al sentirse pillado, fuera de todo sentido.

Me explico:

Por lo leido, la C.Vital no ha utilizado la información que tenía para traficar con ella ni para el ofrecimiento activo de la contratacion de productos y/o servicios, ni ha cometido indiscrecion, pues se lo está diciendo al propio cliente.

Si yo trabajara en una entidad bancaria, y proceso las transferencias de la relación de nóminas de una empresa, me estoy enterando de lo que cobra cada empleado y en que entidad tiene domiciliados sus haberes. Después de hecha la tarea, ¿ que ocurre? ¿me tengo que lobotomizar y olvidar lo que he visto? ¿Me tengo que callar si viene uno y me dice que por el mar corren las liebres y por el monte las sardinas?

Si la empleada de la C.Vital, ante la mentira de "soy autónomo" le dice "Se que es funcionario del Gobierno Vasco, pues trabaja en el mismo Departamento donde trabaja mi amiga Mari Puri", ¿Que hacemos? ¿empuramos a Mari Puri con 60.000 euros?.

Soy consciente de la importancia de tener una LOPD, un derecho a la intimidad legalmente protegido, listas Robinson...pero no cabe hacer uso torticero de las normas y un abuso de los derechos.

!!!VOY A DENUNCIAR A MI CARTERO, PUES SABE DONDE VIVO, A QUE REVISTAS ESTOY SUSCRITO Y DE QUE BANCOS SOY CLIENTE!!! !!!!CABRÓN, ESTAS VIOLANDO MI INTIMIDAD !!!!

Conversación con un amigo:

-" En mi cuenta de ING este mes me han ingresado dos nóminas, la mía y la de un compañero de trabajo (que tambien es cliente de ING). Seguro que es un error del banco emisor, pues tenemos el mismo primer apellido y los dos cobramos por ING...¿Que hago, me lo gasto?
- !!!Nooorrrr...!!! Si te lo gastas conscientemente, puede haber apropiación indebida, y en todo caso, civilmente, un enriquecimiento sin causa. Además, el banco emisor reclamará en breve la retrocesión de la transferencia...(como así sucedió) ¿tu nunca cometes errores?".
En lo que atañe a este hilo: El que no había recibido su nómina(aunque se lo solucionaron rápidamente), puso una Reclamación formal ante la entidad emisora que equivocó la transferencia, pues habian violado su intimidad, ya que un tercero se habia enterado, sin su consentimiento, de lo que cobraba...

Habrá que tener pues mucho cuidado para no cometer errores (como siempre) y dar un nuevo sentido a los tres monos sabios...

Los tres monos sabios

Los tres monos sabios

S2

#8

Re: Sobre el tema de la cesión de datos a las entidades financieras

Posibles restricciones

Como farmaceutico yme han cedido un listado de pacientes de un hospital, en el cual se incluyen sus datos bancarios, con el fin de poder suministrar directamente fármacos a éstos y realizar posteriormente el cobro domiciliado.He pedido al colegio de farmaceuticos aclaracion y posibles sanciones para mi ¿Existe alguna restricción para poder hacer uso de estos datos o la posibilidad de incurrir en alguna falta por su utilización?

En función de lo establecido por La Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD), lo primero que usted debería comprobar es si los datos han sido recabados de una manera adecuada y si la cesión de estos datos a su farmacia ha sido consentida por parte de los pacientes. A estos efectos la LOPD es clara y recoge una serie de conceptos que de manera resumida le comentamos a continuación.

- Calidad de los datos: "Los datos de carácter personal sólo se podrán recoger para su tratamiento, así como someterlos a dicho tratamiento, cuando sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, explícitas y legítimas para las que se hayan obtenido".

- Consentimiento del afectado: "El tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado, salvo que la ley disponga otra cosa".

- Comunicación de datos: "Los datos de carácter personal objeto del tratamiento sólo podrán ser comunicados a un tercero para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario con el previo consentimiento del interesado".

- Comunicación de la cesión de datos: "El responsable del fichero, en el momento en que se efectúe la primera cesión de datos, deberá informar de ello a los afectados, indicando, asimismo, la finalidad del fichero, la naturaleza de los datos que han sido cedidos y el nombre y dirección del cesionario."

Por todo ello, le recomendamos que, previamente, se asegure de cómo este hospital ha recogido los datos y de si tienen consentimiento inequívoco por parte de los pacientes para la cesión de los mismos a su oficina de farmacia. En caso de no tener la seguridad total del cumplimiento de lo especificado anteriormente por parte del hospital, le sugerimos que no haga usted uso de estos datos, puesto que, a pesar de que el responsable de dichos datos es el propio centro hospitalaria, usted podría incurrir en una infracción por no tener el consentimiento del afectado para el tratamiento de dichos datos. Recordarle que en este caso usted podría incurrir en una falta grave o muy grave cuya sanción, en su caso, podría oscilar desde 60.001,02 a 601.012,10 euros
LOS DATOS PEROSNALES SE SABE DE FORMA FACIL, OTRA COSA ES COMO LO UTILICES.

Yo en la farmacia por LEY al dar un psicotoproco (valium, tranxiliun, rohipnol, trankimazin etc.) tengo que pedir el DNI. Y si es un estupefaciente apuntar nombre, direccion, telefono, dni, de quien lo retira de la farmacia.
Estamos afectados por la ley de proteccion de datos.
Por eso antes al al dar la pastilla del dia despues era asi, pero ahora es libre (una barbaridad) y la doy a quien me la pide.
saludops