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Ingresos recurrentes Cuenta 123

66 respuestas
Ingresos recurrentes Cuenta 123
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Ingresos recurrentes Cuenta 123
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#16

Re: Ingresos recurrentes Cuenta 123

Hola

Estoy exactamente en el mismo caso que tú.

En la oficina me dijo que no hacia falta el formulario de haberes y luego me he llevado sorpresa. Me decían que no había tal formulario.

¿has podido solucionarlo? ¿cómo?

Gracias por respuesta

#17

Re: Ingresos recurrentes Cuenta 123

Sí, lo solucioné entregando un escrito que hice yo mismo para notificar al banco de que optaba por la opción de los ingresos recurrentes.

#18

Re: Ingresos recurrentes Cuenta 123

Eso mismo he realizado yo hace unos días pero no tengo noticias / respuesta.

¿A ti cómo te respondieron?.

¿Te ingresaron los intereses sin más?

#19

Re: Ingresos recurrentes Cuenta 123

Si y unos días antes de la liquidación abrí una incidencia en el 900123123.

#20

Re: Ingresos recurrentes Cuenta 123

Por lo que leído en este mismo hilo, en lo que a los ingresos recurrentes se refiere "El titular deberá notificar al Banco por escrito que dicha percepción corresponde al concepto de nómina o prestación por desempleo". Mi duda al respecto es si REALMENTE esos ingresos recurrentes deben estar recibiéndose en concepto de nómina o no. Es decir, que si a través de otra persona te llega esa cantidad pero no porque sea realmente una nómina sino simplemente para cumplir con la condición de la domiciliación de ingresos, habría algún problema ¿el banco lo comprueba? ¿informa a algún organismo de ello, Seguridad Social, Inspección de trabajo, etc).

#21

Re: Ingresos recurrentes Cuenta 123

Buenas tardes
He estado leyendo todos los comentarios de este foro ya que estoy interesada en abrir una cuenta 123 y quiero hacerlo con ingresos recurrentes, la idea es hacer una transferencia desde unicaja que es donde tengo la nomina y la hipoteca, a una cuenta de mi hija de 19 años y desde su cuenta que me haga una transferencia a la cuenta 123, y a los pocos días devolver el dinero que sobrepase de 15.000€ a otra cuenta mediante una transferencia, mi pregunta es para los que estáis haciendo transferencias os cobran por ello? y la tarjeta de débito también tiene mantenimiento?os he leído a algunos que si y otros que no. Tendrá problema mi hija con este tema de las transferencias frente a hacienda ella es estudiante no trabaja. Muchas gracias !!!

#22

Re: Ingresos recurrentes Cuenta 123

Hola Xerezana; Entiendo que lo que quieres es contratar una cuenta 124, sin domiciliar la nómina. En primer lugar: por lar tarjeta de débito no cobran ninguna comisión al igual que por las transferencias dentro de la UE. Esto está estipulado en la bases del contrato.
En cuanto a Hacienda, eso es otro cantar. Ten en cuenta que tienes que declarar todo lo que ganas, por tanto, al recibir una transferencia de tu hija, estás recibiendo un ingreso de un segundo pagador.
Los bancos están obligados a comunicar a Hacienda todos los movimientos que excedan de 3.000 €. En tu caso si Hacienda investiga la cosa se podría fea por dos motivos: 1º Tu declaración del IRPF y 2º la de tu hija como pagadora, cuando no declara ingresos.
Para terminar te diré que yo hice una consulta por teléfono al Santander y me dijeron que las transferencias entre familiares no son aceptadas. Sin embargo, en una sucursal no pusieron ninguna pega siempre que se comunique el motivo del ingreso. Ni siquiera entre ellos se aclaran.

#23

Re: Ingresos recurrentes Cuenta 123

Hola,
Si hago un ingreso recurrente a una cuenta 123, de cara a Hacienda ¿se considerará que el titular de la cuenta 123 tiene dos pagadores?

Gracias!

#24

Re: Ingresos recurrentes Cuenta 123

pienso que conacienda no tendria que haber problemas, ya que tu transfieres un dinero a tu hija y esta te devuelve parte del mismo. por lo cual estos ingresos ya estan justificados. es un traspaso sin mas.

#25

Re: Ingresos recurrentes Cuenta 123

En mi opinión y desde mi ignorancia no es una transferencia ordinaria ya que en las condiciones se indica: "El titular deberá notificar al Banco por escrito que dicha percepción corresponde al concepto de nómina o prestación por desempleo". Tengo mis dudas de que Hacienda no lo trate como otro pagador.

#26

Re: Ingresos recurrentes Cuenta 123

ya pero al final, ante hacienda, es facil de demostrar que el dinero procede del mismo titular que lo traspasa por varias cuentas.seria un traspaso de una parte de la nomina, no una nomina propiamente. y asi todos contentos.

#27

Re: Ingresos recurrentes Cuenta 123

Efectivamente, el concepto de transferencia nómina es una simple "nomeclatura" de los bancos con una operativa asociada, pero a efectos de tributación de Hacienda no consta como doble nómina ni nada similar.

#29

Re: Ingresos recurrentes Cuenta 123

Hola. Una de mis transferencias cayó un día 6 de enero y para el Santander no vale, porque para ellos enero va del 8 de enero al 7 de febrero. Es de locos... Vía reclamación telefónica es como hablar a una pared. Las bases no dicen que el ingreso recurrente debacde ser del 8 al 7, dice que comprueban el 7 y liquidan el día 10 y ya. Estoy dispuesto a llegar hasta el banco de España. Me duele que este Banco actúe de modo tan ruin. Por favor alguien en este caso ha recurrido por escrito al Servicio de Atención al Cliente, o al Defensor del cliente, en ambos casos tienen 2 meses para resolver, y luego puedes dirigirte al Banco de España. Estoy indignado. Gracias!.

#30

OJO!!! Que nadie se lleve a engaño

Cuidado con este banco, con esta cuenta y con esta gente.

En mi caso, tanto mi esposa como yo cumplimos desde el 10/11/2015, llevamos 3 meses cumpliendo con infinidad de trámites. Mención a parte el requisito del "formulario de haberes" que en 2 sucursales físicas, 3 empleados distintos, no habían visto en su vida, por teléfono me remitían a las oficinas, me llegaron a decir que podía ser formato libre, me hicieron enviarles así un modelo creado por mi, luego que no valía, puse una reclamación, al fin en una sucursal encontraron uno de otro cliente y con corrector pusieron nuestros datos, pasaron 8 días así de calvario, lo enviamos, sellado y firmado, y aún hoy no se aclaran, no han sido capaces de ratificarme que por fin ya está cumplido este requisito.

Y después de aguantar el duro comienzo, de organizar las transferencias periódicas y domiciliar unos 20 recibos, nos vienen con que uno de las transferencias ha entrado 2 días antes, el 6 de enero, luego no se puede liquidar con enero, sino con diciembre!!!. Increible. Tras 3 reclamaciones por teléfono, que ha sido como hablar con una pared, parece que no quieren cuidar al cliente, sino castigarle, ni la más mínima deferencia después de tanto esfuerzo y del vía crucis que nos hicieron pasar. Increible.

Y luego te lees las Bases legales, el contrato particular y los folletos publicitarios, en el apartado de condiciones reza claramente "ingresos mensuales de mínimo 600 euros". Después en el apartado liquidación indica que si cumples las condiciones, que comprobarán 3 días antes del día de la liquidación, entonces el día 10 te abonan intereses y bonificación de recibos. Está claro, las condiciones son "ingresos mensuales" y el día que lo comprueban es el día 7, pero no indican para nada que el cumplimiento de condiciones mensuales esté referido a los 30 días anteriores al día 7, no figura en ninguna parte expresamente y es un detalle sumamente importante como para omitirlo.

Me da la sensación que prometen alta rentabilidad, con la premeditación de que te van a penalizar por el más mínimo detalle, que ni siquiera figura en el contrato, sujeto a una interpretación ruin y a un trato hacia el cliente deplorable.

En mi caso, después de 3 meses cumpliendo absolutamente todo, no tengo derecho ni a intereses ni bonificaciones. Debo esperar otros 3 meses ininterrumpidos cumpliendo para alcanzar el 10 de mayo, en que me liquidarán febrero, marzo y abril, pero habré perdido noviembre, diciembre y enero, imposibles de recuperar.

En mi caso me han dicho en estos 5 días que incumplía por:

1. No tener cumplimentado "formulario de haberes", lo que he demostrado que cumplo desde hace 3 meses.
2. Que los ingresos debían ser superiores a 600 euros/mes, cuando en las bases dice "un mínimo de 600 euros/mes.
3. El ingreso del 6 de enero, no computa en enero, porque no está entre el 8 de enero y el 7 de febrero. Demencial!!!

Les he indicado, que después de las molestias, podían tener la más mínima deferencia y nada. Por tal motivo estoy dispuesto a llegar al Banco de España, ganar allí mi reclamación, y que todo el mundo sepa la letra pequeña, el trato mezquino y la estafa que supone tratar con este Banco.

Acabo de registrar mi reclamación en el SEPA (Servicio de Reclamaciones y Atención al Cliente) del Banco Santander, y visto lo visto, imagino agotarán los 2 meses de plazo, y la respuesta será idéntica a la tuya, es decir, como hablarle a una pared. Indecente.

Y mientras, pues ni intereses, ni bonificaciones, y quizá me empiecen a aplicar comisiones de 8 euros, ya veré. Menudos cara-duras.
Mucha suerte y ánimo Skyteam, te apoyo y yo también voy a llegar hasta el final. Que se sonroje esta gentuza, por como roban a la gente de a pie, humilde y trabajadora, después que a ellos nosotros mismos les hemos tenido que rescatar. Lamentable.