Lo primero que tenemos que tener en cuenta es que condiciones hay que cumplir para poder aplicarnos esta reducción, en este caso son tres:
1-Haber estado inscrito en la oficina del paro.
2-Que se acepte un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia.
3-Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.
¿Qué quiere decir todo esto?. Pues lo siguiente, que sólo podremos acojernos a esta reducción, si habiendo estado inscrito en una oficina del paro, conseguimos un trabajo en un municipio diferente al nuestro y nos mudamos a este municipio (aconsejable empadronarse).
Como ejemplo mi caso: Estando inscrito en una oficina de paro de S/C de Tenerife, me llaman para trabajar, en una asesoria del sur, por lo que me mudo a Los Cristianos a vivir. Pues bien, si me hubiese empadronado en Los Cristianos, tendría derecho a dicha reducción.
¿Cuando podemos aplicarnos esta reducción?, puede aplicarse durante el año en que se lleve a cabo el cambio de domicilio y el posterior.
?Cantidades que nos podremos reducir?, como máximo el 100% de la Reducción por el rendimiento del trabajo con el limite de que la suma de las reducciones por rendimientos del trabajo, prolongación de la actividad laboral, movilidad geográfica y discapacidad de trabajadores no podrá ser superior la los rendimientos netos positivos del trabajo.