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Me hacen ir a la oficina de BBVA por la Ley española 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales

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Me hacen ir a la oficina de BBVA por la Ley española 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales
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Me hacen ir a la oficina de BBVA por la Ley española 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales
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Re: Me hacen ir a la oficina de BBVA por la Ley española 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales

Resulta que es el tema que me ha traído al foro por eso he estado leyendo varios hilos (la mayoría muy antiguos, ciertamente) y comentando en algunos de ellos.
Si consulto otros temas y veo que puedo comentar algo lo haré, pero en estos momentos mis intereses se mueven alrededor de la Ley de PBCFT (sobre todo en el sector de la banca).
Agradezco mucho que conteste a mis intervenciones pero creo que está de más el tono despreciativo y los comentarios faltos de información. 
Puede que llegue tarde a los hilos y puede que mis intervenciones sean monotemáticas pero yo solo intento aportar información y por supuesto recibir nuevos conocimiento de otros usuarios, mientras que usted en todo lo que me contesta busca ofender.
Y quizá lo vea fuera de lugar pero a mi se me ha inculcado que por educación se ha de tratar de usted a las personas desconocidas. Puede que suene un poco rancio pero son costumbres que uno tiende a incorporar y de las que son difícil deshacerse. De todos modos, no creo que esto ofenda a nadie y, por supuesto, me parece que no debería dar lugar a burla por su parte.

#50

Re: Me hacen ir a la oficina de BBVA por la Ley española 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales

Para mi, que tampoco soy ningún experto, el problema de la Ley, es su excesiva inconcreción, a ver .. las leyes tienen que ser generalistas, pero no necesariamente inconcretas. En este caso cada entidad, su asesoría jurídica, interpreta como le parece, y nos encontramos con diferencias relevantes entre lo que pide un banco y lo que solicita en de enfrente en una situación similar. 

Al final, como las sanciones por no cumplir la debida colaboración con las administraciones por parte de las entidades financieras, son muy gordas, parece que todo Cristo intenta "salvar el culo" de la manera que sus abogados creen que es lo adecuado.

No es la primera vez que cuento dos anécdotas  de lo que es ya "rizar el rizo" ... una es de un banco que fue absorbido y que sus cajeros, incluso antes de ser absorbido, que eso tampoco hace ni 10 ni 5 años, no estaban para ingresos, entonces nosotros en una de nuestra actividades, la caja se cierra por turnos de trabajo, cada dia son 2, como de eso tenemos 2 centros de trabajo, se generan a diario 4 cierres de caja, que ingresamos en el banco (ahora por cajero) en 4 apuntes, uno por turno y establecimiento, se trata de un tema contable, porque el sistema ya nos contabiliza todo directamente, las visas, el crédito a clientes, ... y también el efectivo ... con lo cual el propio sistema nos cuadra todo, o nos avisa de descuadres. Bien, individualmente es rarísimo que un cierre alcance los 3.000 €, pero si sumas los 4 ingresos diarios, es fácil que ocurra ... entonces a algún "listo" de la central del banco, o sus propios sistemas de vigilancia automatizados, debió creer que hacíamos 4 ingresos  diarios, para no ser identificados con los que son superiores a 3.000 €, tuvimos que justificar el porque así operábamos, no solo de palabra, sino con documentación contable, para que el departamento de blanqueo de aquel banco considerase que no había ninguna intención oscura u oculta.

En otra ocasión, ésta bastante reciente, para una cuenta de una comunidad de bienes, también de un banco absorbido, nos pedían el impuesto de sociedades de dicha comunidad de bienes, documento que es imposible de presentar, porque las comunidades esas, no presentan tal impuesto, ni queriendo se puede presentar a la Agencia Tributaria, presentamos el IVA, las retenciones, el modelo 184, que es una especie de equivalente al impuesto de sociedades en cuando a la información que contiene, no así en el pago de impuestos que va por otro camino, el del IRPF de los comuneros o el de sociedades si hay algún comunero que es SA o SL, pues bien, no era suficiente y bloquearon la cuenta, y a pesar de las explicaciones, el sistema quería el Impuesto de Sociedades de la reiterada comunidad de bienes, y sin ello no se iba desbloquear, hasta que alguien se dio cuenta que en el traspaso de datos del banco absorbido, calificó aquella comunidad como empresa, como sociedad, por tanto, si es una sociedad, pues eso, impuesto de sociedades ... la solución era tan simple con poner en los datos de aquella cuenta, que no era una sociedad ni limitada ni anónima ... tras ello, tema resuelto, desbloqueado sin problema.