Banca italiana recibe orden de retener 20% de transferencias desde el extranjero
¿Deberíamos preocuparnos los que tenemos capitales legalmente fuera de España?
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El Gobierno italiano ha ordenado a los bancos del país que desde el 1 de febrero, con carácter retroactivo, deben aplicar una retención del 20% a todas las transferencias bancarias que reciban las personas físicas desde el extranjero.
Esta nueva medida es fruto de la interpretación de algunas leyes que ha aprobado el gobierno del país y que considera que cualquier transferencia desde el extranjero a una persona física italiana puede ser gravada. A posteriori, puede reclamar que esa retención le sea devuelta si la justifica.
La retención del 20% es de obligatorio cumplimiento, aunque los usuarios luego reclaman a la entidad su reembolso. La banca analiza esta reclamación y puede o no devolver el dinero. Sino entra en liza la agencia tributaria italiana, que puede analizar la reclamación y decir si hay que devolver o no el importe. En todo casos, los italianos tienen hasta el 28 de febrero del año siguiente a la retención para reclamar su devolución.
Esta decisión no afectará a las transacciones entre empresas, solo es obligatoria para transferencias que reciban las personas físicas. Según expertos del país que cita Il Sole 24 ore, la medida busca preventivamente luchar contra el blanqueo de capitales.
En la actualidad, el pago en efectivo en Italia está limitado a 1.000 euros