Solución para evitar que los bancos coloquen productos no deseados.
Parece que todos los bancos sin excepción han colocado a sus clientes productos de renta fija con vencimiento perpetuos, cuando estos pensaban que contrataban un simple depósito.
curiosamente, o no tan curioso, les ha pasado a gente que responden a un mismo perfil de cliente bancario, pese a venir las condiciones por escrito, todos se escudan en que no sabían, no entienden o se fiaban y incluso los más avezados que dicen que nunca leen lo que contratan porque tiene muchas letras.
solución para evitar estos casos, al igual que es obligatorio tener un CARNET DE CONDUCIR para conducir vehículos, debería ser obligatorio, tener UN CARNET PARA CONTRATAR PRODUCTOS BANCARIOS. lo llamaríamos CARNET DEL BANCO DE ESPAÑA.
antes de coger el volante de un coche hay que sacarse el carnet, antes de entrar a un banco habría que sacarse este carnet.
dicho carnet sería muy fácil de conseguir, en la delegación de hacienda más próxima o en la sucursal del banco de España más cercana, consistiría en rellenar un pequeño test de diez preguntas, con tres respuestas posibles, todas muy sencillas, de tal forma que su resultado serviría para deducir la capacidad contractual de los ciudadanos.
existirían tres tipos básicos de clientes bancarios
a) aquellos que entienden (y por encima) lo que es una cuenta bancaria, estos solo podrían contratar una cuenta corriente y a lo sumo una tarjeta de débito (si es que entienden que no puedes poner un PIN del tipo 1234)
b) aquellos que entienden y saben como funciona una cuenta bancaria, entienden la diferencia entre crédito y débito, estos clientes podrían contratar cuentas corrientes, depósitos a plazo, tarjetas de crédito, y firmas préstamos personales e hipotecas, pero no renta fija ni renta variable, tampoco planes de pensiones.
c) aquellos clientes que además saben como funcionan los mercados de renta variable, de renta fija, los seguros financieros, los contratos de futuro, las divisas et....estos podrían contratar de todo.
a cada tipo de ciudadano se le entregaría un carnet distinto con una letra diferenciadora en mayúscula, A, B y C, cada sucursal bancaria obligatoriamente deberá fotocopiar y adjuntar el carnet al contrato que ha realizado con el cliente, indicando el contrato producto de tipo A, B o C, de esta forma ninguna persona A, podría salir con un contrato C en la mano.
cuando el ciudadano considere que quiere productos más rentables deberá a acudir a examinarse de nuevo para conseguir ascender de letra.