A ver si al final ganan los "franceses" ¡ socorro montenegros
Economía/finanzas 06-07-2006
La Audiencia de Sevilla condena a un banco a devolver a un cliente el exceso de intereses cobrado
La sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado al Banco de Andalucía a devolver 4.618,06 euros --más los intereses desde el aplazamiento y el pago de las costas de la Primera Instancia-- a un usuario por modificar el tipo de interés de un préstamo personal sin respetar las condiciones establecidas.
En rueda de prensa, el delegado de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios Ausbanc Consumo, Rafael García, explicó que esta sentencia (de fecha 14 de junio de 2006) de la Audiencia Provincial relativa a la actualización de los tipos de interés en los préstamos a interés variable ha resuelto una 'realidad social que afecta a muchos usuarios en todo el territorio nacional'.
El préstamo personal establecía un tipo de interés nominal para el primer año del 5,55 por ciento y, aunque se reconocía la posibilidad de modificar el tipo de interés inicialmente pactado y los sucesivos, la entidad financiera actualizó los tipos de interés 'siempre al alza, pero sin respetar el contenido del contrato', manifestó.
'El Banco de Andalucía en ningún momento, antes de llegar a la vía judicial, ha reconocido la ilegalidad de su proceder', indicó el delegado de la asociación en Sevilla.
Según García, 'en muchas ocasiones detectamos que la entidad financiera no respeta el contenido del contrato a la hora de actualizar el tipo de interés', algo que se debe, a su juicio, 'a que no actualiza debidamente o a que no le da el preaviso que el contrato establece'.
Finalmente, Ausbanc Consumo recomienda la revisión periódica de los tipos de interés de los préstamos a interés variable, ya que éstos pueden ser 'excesivos e ilegales'.
Terra Actualidad - Europa Press