El Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) es una entidad con personalidad jurídica propia que cubre los ahorros y garantiza el capital depositado hasta 100.000 euros por cliente y banco en caso de que la entidad financiera quiebre. El FGD se constituyó tras la aprobación del Real Decreto Ley 16/2011 del 14 de octubre de 2011 con el objetivo de dar seguridad a los pequeños ahorradores al garantizar el capital invertido hasta ese máximo de 100.000 euros.
Los depósitos o inversiones que estén nominados en una divisa diferente al euro tienen garantizado el importe equivalente a 100.000 euros aplicando los tipos de cambio correspondientes.
La finalidad del
FGD es asegurar los depósitos de los clientes de las entidades financieras asociadas de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente, ofreciéndoles más seguridad, protección y calma, lo que a su vez ayuda a mantener la estabilidad del sistema financiero global.