Contar con un seguro de vida riesgo permite garantizar la estabilidad económica de la familia en caso de que la persona de la que depende su sostén económico fallezca o sufra un accidente o enfermedad que le impida trabajar. La posibilidad de tener esta tranquilidad ha propiciado que cada vez más personas suscriban esta póliza. De hecho, el 42% de los españoles tiene contratado un seguro de vida, según los datos de 2015.
Pero cuando lo que se asegura es lo más preciado que se tiene, la vida ¿qué factores tienen en cuenta las compañías aseguradoras como Seguros RGA al calcular el coste de la prima? ¿y qué condiciones barajan para aceptar o rechazar a una persona que quiere contratar esta póliza?
Para responder a esta pregunta, las compañías emplean fómulas complejas, pero para desencriptar el enigma mejor pasar a una explicación práctica con la que será fácil resolver la ecuación. Con esta idea, resumimos los factores que se tienen en cuenta:
La profesión del asegurado
No todos los trabajos entrañan el mismo riesgo. Debido a que el seguro de vida cubre tanto el fallecimiento natural como accidental, determinadas profesiones tienen una prima más elevada debido al peligro intrínseco que conllevan. Así, por ejemplo, un bombero corre más peligro que un docente.
Las aficiones
Al igual que la profesión, determinados hobbies suponen un riesgo extra. Un cinéfilo no sufre el mismo peligro que alguien al que le apasiona hacer montañismo.
La edad
La esperanza de vida es mayor cuanto más joven se es. Por lo mismo, las compañías fijan una edad máxima para contratar esta póliza con un período de duración límite.
El estado de salud
Antes de contratar su póliza, el asegurado ha de declarar su estado de salud e informar de si padece alguna enfermedad, si fuma o bebe habitualmente o si sufre sobrepeso para que la compañía valore si lo acepta o rechaza como cliente.
Examen médico
La aseguradora puede exigir un examen médico dependiendo de circunstancias como la edad del asegurado, que sufra alguna dolencia o del capital que quiera asegurar.
Previamente se tenía en cuenta, además, el género del asegurado. No obstante, este factor se eliminó de la lista después de que un fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea declarara ilegal que se distinga por sexos al asegurar a una persona.
Por cierto, existe un registro público dependiente del Minsiterio de Justicia que permite a cualquier ciudadano, transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento del familiar, comprobar si es beneficiario de un Seguro de Vida o de Accidentes, ya sean pólizas individuales o colectivas.