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Hola a tod@s. 
En esta charla, analizo la normativa fiscal en 2024 relacionada con las aportaciones y prestaciones de los planes de pensiones.Explico los límites actuales para las aportaciones, las reglas para el rescate, y destaco una resolución del TEAC sobre el rescate de participaciones en forma de capital. También proporciono consejos prácticos para optimizar las ventajas fiscales que actualmente tienen los Planes de Pensiones.
Espero que el contenido de esta charla sea de tu interés.
Saludos!
https://www.youtube.com/watch?v=ngyYgCxUgdo
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  1. en respuesta a Abeledos Paco A
    -
    #2
    03/01/24 13:11
     
    Hola! Muchas gracias por tus comentarios.
     Antes de nada, indicar que el video que he publicado recientemente sobre los planes de pensiones está enfocado a la fiscalidad y que también aproveché para explicar sus características e incluso me atreví a dar recomendaciones. Dichas recomendaciones las hice porque hace tiempo, publiqué un video (abajo dejo el enlace) en el que analicé, bajo el punto de vista fiscal, la forma más eficiente de realizar el rescate de mi PP. Para ello, puse varios ejemplos y analicé el impacto de rescatar total o parcialmente las participaciones bonificadas, comparándolas con rescates en forma de rentas periódicas. Este estudio me hizo ver que la mejor opción de todas las que analicé era “rescatar en forma de capital todas las participaciones con la bonificación del 40%”. Insisto que a esta conclusión llegué haciendo los cálculos que indico en el video que adjunto. 
    Por otra parte, cada persona tiene sus condicionantes personales, familiares, económicos, etc, que determinarán la forma en que cada uno quiere rescatar sus planes de pensiones. No seré yo quien les aconseje cómo de hacerlo!. 
    Tengo compañeros que han rescatado su PP para comprarse un coche, otros para hacer un crucero, otros están rescatando en forma de renta 1.000 euros cada mes y tienen mucho dinero en una cuenta corriente al 0% de interés. En definitiva, cada uno decide cómo gastar el dinero de su PP. Yo por supuesto, no comparto estos planteamientos, pero los respeto. 
    En mi caso, tomé la decisión de rescatar todas las participaciones bonificadas al 40%, el resto de las participaciones que me quedan en el PP, no las he tocado y las tengo para una posible contingencia o emergencia que pueda surgirme a mi o a mi familia en el futuro. Si no necesitamos hacer uso de estas participaciones, irán para nuestros hijos. Además, tanto mi esposa como yo estamos aportando a nuestros respectivos PP lo que la Normativa actual nos permite, es decir, 1.500 euros y lo seguiremos haciendo mientras podamos. 
    En definitiva, todas las sugerencias que comentas en tu mensaje pueden ser perfectamente válidas, pero me reafirmo en la Recomendación que hice en el video, indicando que “fiscalmente” la mejor opción, era rescatar todas las participaciones bonificadas al 40%. Por supuesto, puedo estar equivocado, pero fue la conclusión a la que llegué después de hacer los cálculos que explico en el video adjunto. 




  2. #1
    02/01/24 21:39
    Muchas gracias por este nuevo video en el que tratas muy bien todo el tema del Plan de Pensiones.
    Yo por mi parte, te quería comentar algunas observaciones, por si te parece bien considerarlas:
    1.- El año que se rescata el plan de Pensiones por Jubilación, recomiendo hacer previamente una aportación por el máximo posible (En estos momentos 1.500 €, para beneficiarse de la reducción)
    2.- Tu última recomendación tiene algunas matizaciones. Yo he llegado a las siguientes conclusiones:
    a.- Sólo se debe rescatar con reducción lo que está previsto necesitar en el año del rescate o en los años futuros más cercanos. También es conveniente si se tiene pensada una utilización segura aunque no se sepa cuando. Por ejemplo voy a pagar un Crucero a toda la familia, aunque aún no sé cuando. Tengo que hacer un pago por una compra de piso, coche, etc.
    b.- En este sentido, hay que señalar que si no se va a utilizar el dinero del rescate, aunque se beneficie uno de la reducción, no cabe duda de que lo único que se hace es adelantar dinero a Hacienda. Los beneficiarios no pierden la reducción del 40%, pues esta se hereda.
    c.- El efecto fiscal de la retirada, sobre todo si es importante hay que valorarlo, pues al máximo del 45%, aún con reducción, tiene su efecto fiscal importante.
    d.- También hay que considerar si se tiene clara una inversión buena para ese dinero, porque si no, igual es mejor dejar el dinero en el plan para que siga teniendo rendimientos, que se supone que deben ser mejores que los que se puedan obtener por parte de particulares.
    e.- Otro tema que es importante es ver si el plan ha perdido mucho en el año anterior/años anteriores pues en ese caso el importe está infravalorado, por lo que si se prevé una situación económica más positiva no conviene retirar el dinero del plan hasta que la situación del mismo tenga mayores rendimientos.

    Como ves, podríamos realizar unas cuantas matizaciones, pero lo que tengo claro es que aunque el beneficio de la reducción es importante, la mejor recomendación no es rescatar todo el importe sujeto a reducción.

    Saludos,