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Por el lado de la economía pura y dura, es vital la existencia de un equilibrio entre demandantes y ofertantes en un mercado para que este pueda acercarse lo máximo posible a una situación de competencia perfecta. En el caso del mercado financiero es obvio que no se da ni uno sólo de los requisitos que en teoría tendríamos que encontrar en un mercado de competencia.

Por tanto es importante que la administración pública trate de equilibrar en cierta medida las situaciones en los mercados. De esta forma, se le da a este aspecto tanta importancia, que de hecho la protección a los consumidores aparece recogida en el artículo 51 de la constitución española.

Si nos vamos al aspecto práctico del sistema financiero y los usuarios, nos encontramos con que la estructura de poder está claramente de lado de la entidad. Supongo que no será necesario explicar demasiado que si las entidades financieras tienen la capacidad de extorsionar a todo un país, por una simple regla de tres, la capacidad de negociación de los consumidores es ciertamente muy limitada, sobre todo asumiendo que la financiación es un bien que en momentos es muy necesario. Por otra parte, las entidades financieras canalizan los ahorros en régimen casi monopolístico de forma que actúan como un oligopolio en ambos lados.

Es de desear que no existan abusos, sin embargo es realista pensar que van a existir y de esta forma somos unos cuantos millones usando los servicios de los bancos y todos tenemos que entender que es de capital importancia disponer de protección pública ante la posible existencia de estos. ¿Cuál es el procedimiento para reclamar ante una entidad financiera?.

Pues básicamente ante un abuso, lo primero que hay que hacer obligatoriamente es presentar la reclamación ante el servicio de atención al cliente de la entidad, o bien ante el defensor del cliente que es un profesional del derecho, independiente de la entidad, (pero elegido por esta).

Por tanto, ante un abuso, el primer paso es reclamar ante la propia entidad o bien ante un profesional pagado por la propia entidad, (difícilmente puede ser entendido como independiente). Las resoluciones del Defensor del cliente son vinculantes para la entidad, y como tal deben solucionarse.

¿Es realmente el defensor del cliente imparcial, o es realmente un cortafuegos de las entidades para dar carpetazo a las reclamaciones presentadas?. Por supuesto, el hecho de que se ponga en manos de una persona pagada y elegida por la entidad, puede hacer dudar de la independencia de estos, pero por ley tienen que ser independientes.

Mi opinión es que realmente no son demasiado independientes, de tal forma, que el citado instrumento no es más que un freno a las reclamaciones presentadas. ¿De donde saco esta afirmación?. Pues de la continuación del proceso.

Si el abuso, la incidencia o la mala práctica no se subsanan, el consumidor ha de acudir al Servicio de Reclamaciones del Banco de España. Es requisito imprescindible para eso, haber pasado las fases previas, y no haber obtenido satisfacción o que hayan transcurrido más de dos meses sin respuesta.

El mero hecho de que existan reclamaciones ante el Banco de España, nos lleva a la conclusión de que al menos en tantos casos como reclamaciones, el consumidor no estaba conforme con el criterio del defensor del cliente. Evidentemente esto puede suponer que o bien las personas no tienen razón (siendo por tanto efectivamente correcta la actuación de este instrumento), o bien que el defensor del cliente no ha actuado correctamente.

Pues bien, según la web del banco de España en 2008, se han presentado 7.449 reclamaciones. Por lo tanto existen por lo menos 7.449 casos en los que el consumidor no estaba de acuerdo con el dictamen del defensor del cliente.

Según se desprende de la memoria del servicio de reclamaciones, en 2008, se emitieron tan solo 2.376 informes, (de los cuales, 1.063 fueron favorables al consumidor y 1.070 a la entidad; sobre los 243 restantes no se pronuncia).

¿Por qué no se pronuncia?. Pues por que el servicio de reclamaciones no entra a valorar determinados aspectos como por ejemplo aquellos casos que el beneficiario no disponga de documentación. Es de destacar que no existe un procedimiento de arbitraje como en el sistema de consumo normal.

Pero bueno, la cuestión es que si una persona es de las 7.449 reclamantes, ha tenido la suerte de estar entre los 2.376 resueltos y más concretamente entre los 1.063 informes favorables, llegará a la sorpresa de que el informe del Banco de España no es vinculante, por lo que la entidad puede no realizar ninguna acción. De esta forma, el banco puede rectificar o no el abuso. Pues en 2008, los bancos han ofrecido 307 rectificaciones.

Puede parecer un volumen bajo. Pero es que aquí no acaban las sorpresas, ya que dentro de estas 307 malas prácticas rectificadas, los consumidores se pueden encontrar casos como esté en el que la entidad acierta a reconocer los hechos y propone como rectificación: “Se han cursado instrucciones de sus conclusiones a las Unidades Internas Afectadas”.

 


 

En resumen el panorama es que una gran mayoría de los abusos no son denunciados porque simplemente hace falta valor y conocimientos para enfrentarse a una entidad financiera. En el caso de que se presenten, el sistema diseñado recuerda claramente a una carrera de obstáculos, y al final nos encontramos con la duda sobre el que ha ganado la reclamación que adjunto se tiene que sentir como un héroe por haber ganado todas las fases y lograr ser uno de los 307 rectificados o bien tiene que poner una cara de tonto, porque la rectificación digamos que no soluciona en ningún caso el abuso.

¿Es lógico un sistema así?. ¿Tienen algún incentivo las entidades para actuar de forma correcta?. ¿Podemos poner el mismo sistema para las multas de tráfico?; me encantaría que la Dirección General de Tráfico, ante un exceso de velocidad, me lo tuviese que comunicar para mi valoración, si no contesto, que le pregunte a mi abogado, que luego fuese ante un órgano sin poder decisorio y que mira por mis intereses. Y por supuesto que yo pudiese rectificar la situación con un “me doy por enterado de que hice mal”. Por supuesto prohibiendo las indemnizaciones punitivas, (lo que viene a ser multas). ¡claro que a lo mejor corríamos el riesgo de pasar de todos los radares!.

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  1. Top 100
    #6
    11/10/09 13:08

    Asesor

    todo el mundo está de acuerdo con esto.

    está claro que el sistema está montando aquí para permitir todo a las Entidades financieras, lo cual explica su situacion y la del resto del país.

  2. #5
    Anonimo
    10/10/09 17:56

    Me da la impresión que en este país no sirven de mucho las reclamaciones respecto a temas financieros.

    Si el Banco de ESpaña simplemente hace un informe no sea vinculante, las entidades financieras hacen lo que les da la gana.

    Openbank, por ejemplo, bloquea cuentas a sus clientes con el pretexto de que es para evitar el blanqueo del dinero. No es normal que el BdE se cruce de brazos, bueno si,... están muy ocupados con sus estudios y dando avales a los bancos para que sigan abusando.

  3. Top 100
    #4
    05/10/09 23:40

    Pues bueno, aun peor que el Bde es el de la Cnmv.

    no podemos ser un pais serio sin normas serias para equilibrar los mercados.

    las empresas fuertes nos saquearan y las empresas pequeñas no tendran mercado por que su mercado potencial es la renta que nos queda disponible.,

    salvar al sector financiero nos va a hundir a todos, incluido al sector financiero y antes de lo que creemos...

  4. #3
    Anonimo
    05/10/09 20:46

    Gracias a ti.

    Como anécdota, recuerdo que hace un año o así hicimos una consulta al Banco de España en relación a una comisión que nos cobraba el Banco, que considerábamos abusiva por la manera de interpretar el contrato que tenían.

    La cuestión es que el BdE nos respondió amablemente, pero la contestación era tan enrevesada que no se sabía muy bien si nos daba la razón o no, podríamos decir que era al "estilo de los políticos", que lo mismo se podría interpretar una cosa que lo contrario.

    Y al final, nos dejaba con la pelota en nuestro tejado, y si queríamos reclamar, podíamos hacerlo al Servicio de Atención al Cliente del Banco...

    Un saludo
    Pablo Rodríguez

  5. Top 100
    #2
    05/10/09 18:05

    Gracias.

    Si. sorprende un poco pero en realidad es el aspecto diferencial de las reclamaciones al sector financiero, ya que tanto las de la cnmv, como las de seguros, son exactamente iguales.

    no son vinculantes, y claro. Eso es una invitación a que las entidades hagan lo que les salga de la real gana.

    Por la tarde me doy una vuelta por tu blog.

    un saludo

  6. #1
    Anonimo
    05/10/09 17:16

    Sin duda que las cifras mostradas son bastante significativas en sí mismas, ya que como bien comentas, en realidad seguramente hay muchos más clientes insatisfechos con la actuación de su Entidad, pero que no han llegado a reclamar, o no han seguido todo el proceso.

    Lo que me resulta más llamativo, sin embargo, es que el informe del Banco de España no sea vinculante para las entidades; por lo menos, una vez que se han pronunciado sobre el tema, debería serlo, aunque les concediesen el derecho a alegar en un plazo, pero si no es vinculante, las entidades en la mayoría de las ocasiones no harán caso, y sólo lo harán si les supone un coste pequeño y/o si el cliente es suficientemente importante.

    Muy interesante el post, y la página en general.

    Un saludo
    Pablo Rodríguez


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