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Con frecuencia me preguntan qué hacer con el dinero, (cosas de tener un blog), y lo cierto es que me fastidia un poco ser muy ambiguo. Como a todo el mundo, le fastidia (y mucho), no saber qué contestar. Normalmente lo que hago es dar todo tipo de razones para explicar el hecho de que no tenga una respuesta a una pregunta tan recurrente y que además debería ser muy sencilla, (tanto que personas sin ningún tipo de información ni formación deberían estar en disposición de hacer).

Soy consciente de que todas estas explicaciones no importan en absoluto desde el momento en que las personas quieren una respuesta a la pregunta: ¿Cómo evito perder dinero?. Desgraciadamente son importante porque en todas y cada una de las razones, nos encontramos con la imposibilidad de saber dos cosas. Adivinar el punto de locura de los bancos centrales y gobiernos, que a su vez determinará la segunda: el punto y momento de derrumbe general de todo.

Para este dato, en realidad creo que deberíamos tener en cuenta la opinión de sociólogos o similares, porque parece comprobado que estamos asistiendo a una serie de patadas hacía adelante cada vez más salvajes, que lo que hacen es postergar el momento del derrumbe, a costa de hacerlo mucho mayor, en una serie de medidas que destrozan los sistemas económicos y las sociedades para salvar a los bancos que tendrá el límite en el momento en el que la sociedad reaccione, (y me preocupa y mucho el no tener ni idea de cómo va a ser ese proceso).

En la práctica, esto significa que mientras los gobiernos estén dispuestos a hacer todo lo que sea para salvar al sistema financiero, lo más seguro son los productos de riesgo, (¡manda huevos con la paradoja!), pero que como te pille en riesgo ese momento..¡estás fastidiado!. Es así de simple y se comprueba hoy con los hechos que seguro que todo el mundo ya conoce:

En Chipre, de sorpresa total y absoluta, (por lo menos para mi), nos encontramos con una quita a los depósitos bancarios. Esto significa, en palabras simples que se han sacrificado productos sin riesgo por productos con riesgo. Significa que ante la tesitura de salvar los mercados financieros, han convertido los depósitos en un producto de riesgo.

En fin, el caso es que cada vez que me hacían esta pregunta, (las personas que trataban de no perder dinero), lo que comentaba (tanto en este blog, como en la vida real) es que si querían seguridad con su dinero, lo mejor que podían hacer es contratar un depósito y dejarse de historias. Esta respuesta, que puede parecer muy obvia, la daba con unas cuantas previsiones, cautelas y explicaciones, derivadas de lo anterior: la increíble locura de los dirigentes cuyo límite obviamente no puedo ver, (la empírica constatación de que hace tiempo que hemos traspasado todo lo que consideraba imaginable, me lleva a decir que no tengo criterio para determinar el límite).

En 2011, había colocado una sucesión de post acerca del fondo de garantía de depósitos; en esos post ya constataba la realidad evidente de que ni es garantía, ni desde luego se estaba usando para los depósitos; pero sin embargo a continuación trataba de decir que mantenía mi idea de que si la gente quería asumir el menor riesgo posible, lo mejor que podía hacer era contratar depósitos, (aún a costa de asumir que el corralito es más que probable), y por cierto, con cuidado con llevarlos al extranjero.

De esta forma, en octubre de 2011, en el post en el que comentaba lasalternativas a los depósitos, tratando de poner una forma sencilla los distintos riesgos en una clasificación a vista de pájaro,  ponía lo siguiente, (entre una explicación más profunda de porque llegaba a esa conclusión):

En este sentido, imaginando que el fondo de garantía de depósitos pueda pagar lo que se garantiza, seguiríamos estando en un entorno de riesgo cero. Sin embargo, los datos que he tratado de colocar estos días, me llevan a la conclusión de que el fondo de garantía de depósitos no podría atender los pagos derivados de la caída de ninguna entidad financiera. En este sentido, la concentración a la que hemos asistido, es otro detalle importante, porque la cantidad necesaria para garantizar los depósitos no es la misma en un entorno de 50 entidades pequeñas, que en el entorno de pocas entidades con tamaño elevado.

En el caso de que no se pudiesen atender los pagos, tendríamos solamente dos opciones; o la dinámica de concurso o la más probable que sería “el corralito”. Desde luego esta segunda es la más probable, y supondría que las personas no perderían “nominalmente” sus ahorros, pero que no podrían acceder a ellos. Para entendernos, una persona que tenga 10.000 euros en el banco, seguiría teniendo 10.000 euros, (otra cosa es lo que valdrían), pero no podría disponer de ellos; hasta que se solucionase el problema que tendría que pasar necesariamente por la salida del euro y la impresión de moneda para cubrir, (lo que puede generar inflación y por tanto pérdida de valor del dinero).”

En ese post trataba de explicar las razones por las que ocasionar pérdidas en este producto son devastadoras, y esas razones están ahí. Por lo que realmente la primera conclusión de la decisión tomada respecto a Chipre es que es una auténtica locura lo que han hecho. Por supuesto, ya de aquellas, ponía esta especie de disclaimer:

En todo caso, todo esto, debe ser leído pensando en “el tercer riesgo” que calificaba como añadido, que es el que estamos asumiendo cuando estamos en una situación novedosa y con toda una serie de desbarres legislativos, en el que además la tendencia es a repartir los riesgos entre todo el mundo. Lo que significa en la práctica esta tendencia es que todo los análisis que se puedan hacer y todas las decisiones que se puedan tomar hoy, pueden verse afectadas, (tanto de forma negativa, que es lo más probable, como positiva), por cualquier ocurrencia que se les ocurra a las entidades y a los políticos.”.

Pues ese disclaimer ha ocurrido, cuando se ha decidido una quita a los depósitos, (que según parece va a suponer que los depositantes perciban acciones), porque se han producido “circunstancias excepcionales” según la unión europea. Pues señores, los depósitos eran el producto, que contaba con una garantía, la que a su vez tiene sentido para el caso de circunstancias excepcionales; En definitiva acaban de convertir en papel mojado toda garantía que, de tanto usarla como humo para generar engaños (bajo el nombre de proporcionar confianza), han olvidado que está precisamente para los casos excepcionales. ¿Qué vale una garantía que sólo cubre cuando no hay problemas?.

Por descontado, y ante la pregunta de ¿qué hacer ahora con el dinero?. Pues, y aunque parezca acojonante, no se puede contestar. Más que lo siento, pero ahora el sistema está tan roto que cualquier tipo de análisis más allá de que ahora de repente la relación entre “mantenerlo en casa” y “banco”, se ha desequilibrado aún más, hacia la casa. En definitiva, estamos hoy más cerca que ayer del corralito.

En definitiva, desde hoy rectifico todos los post donde haya especificado que era muy improbable que existiesen “quitas nominales en los depósitos”; (a la fuerza obligan), y por supuesto pongo en cuarentena una frase que he repetido muchas veces: “la forma de minimizar los riesgos son los depósitos”.

Esta frase puede seguir siendo válidas, porque entiendo que las pérdidas en depósitos siempre serán inferiores a lo que puede ocurrir, (por las razones que he explicado tantas veces, entre ellas en ese post de 2011), pero es algo que no tengo demasiado claro. 

 

En todo caso aclarar que el error ha sido (otra vez) subestimar la locura de estos, lo que  significa que he minimizado el riesgo sobre los depósitos, lo cual significa a su vez, (dado que estamos hablando de un sistema), que el impacto sobre las alternativas será ¡peor!.

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  1. #22
    25/05/17 10:09

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    Juan Carlos Guzmán 640 57 65 60

  2. #21
    19/03/13 14:59

    Aquí despues nos pillara por sorpresa, pues cuando han modificado el BOE y han puesto una nueva clausula en el FGD y abren la puerta a darte "bonos" como parte de pago de tu deposito. Fondo de Garantía de Depósitos. RD 16/2011 (Articulo 8.3); eso si, esos bonos , tras la inclusión de las más que temibles cláusulas de acción colectiva BOE.es - Índice por secciones del día 03/01/2013 (páginas 15 a 20 especialmente), ya se les presupone la quita.

    jubileo o incautacion, analizando el sistema incautacion


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