En los últimos meses, se está produciendo un cambio de tendencia en las sentencias sobre tarjetas revolving. No solo cada vez más jueces consideran que los tipos de interés de estas tarjetas no son usurarios, sino que, además, están desestimando la parte de la reclamación que alega falta de transparencia en la contratación.
Este cambio se observa tanto en las nuevas sentencias emitidas por tribunales de primera instancia, como en los dictámenes de segundas instancias que revisan los recursos de apelación.
El ejemplo más reciente es el fallo de la Audiencia Provincial de Madrid que, a principios de julio, ratificaba como no usuaria una TAE del 26,80%, por considerar que estaba en línea con el tipo de interés de las tarjetas revolving ofertadas por otras entidades en el momento de la contratación. La sentencia también avalaba la decisión del tribunal de primera instancia, de desestimar la nulidad de la cláusula de intereses remuneratorios por falta de transparencia en el contrato.
Nueva sentencia del Tribunal Supremo
Esta situación se produce a raíz de la última sentencia del Tribunal Supremo del pasado 4 de mayo, en la que se volvía a pronunciar sobre los créditos revolving y estimó que una tarjeta con una TAE del 24,5% no era usuraria.
Esta sentencia del Alto Tribunal aclara que, en ningún caso, se puede tomar como referencia el precio de los créditos al consumo para determinar si el precio de una revolving es o no usura.
Para ello, los jueces deben analizar cuáles eran los precios habituales del mercado en el momento en que el cliente contrató la tarjeta. Es decir, que TAEs ofertaban las principales entidades bancarias en ese momento para ese tipo de producto.
Son ya varias las Audiencias Provinciales y tribunales de primera instancia que, apoyándose en esta reciente sentencia del Supremo, están determinado que las TAEs de las revolving no son usura. Además de la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, también destaca la de la Audiencia Provincial de Barcelona que ha considerado que un 26,70% de TAE no es usura.
¿Merece la pena reclamar?
La nueva sentencia del Tribunal Supremo está haciendo que muchos consumidores se pregunten si les compensa acudir a la vía judicial para reclamar una tarjeta revolving. En el caso de que el tribunal no les dé la razón, además de pagar los honorarios legales, también podrían ser condenados a pagar las costas del juicio.
Las plataformas y despachos de abogados solo ganan dinero si se llega a juicio, por lo que seguirán animando a los usuarios a meterse en un pleito. Sin embargo, a la hora de tomar la decisión, los consumidores deben valorar si les compensa iniciar un proceso judicial ya que la resolución puede tardar un año en salir y tienen una probabilidad bastante alta de perderlo, en base a las últimas sentencias que están dando la razón a los bancos.