Si bien hasta ahora, contabamos con la ventaja fiscal del pago diferido de las ganancias obtenidas por la venta de derechos de suscripción, con la reforma fiscal, Montoro quería eliminar esta ventaja. Finalmente, la presión por parte de las grandes empresas ha hecho que se retrase esta eliminación hasta el 1 de Enero de 2017, dónde al hacer la Declaración de la Renta tendremos que tributar por la ganacia patrimonial obtenida con la venta de derechos de suscripción preferentes (scrip dividend) que se haga al mercado secundario.
Pre reforma fiscal: Tributación de la venta de derechos de suscripción
Hasta ahora los inversores podían recibir su retribución sin pagar impuestos ya que el contribuyente había la venta de los derechos de suscripción al mercado secundario, el importe generado por la venta de los derechos no tenía retención y fiscalmente se debe tributaba por esta ganancia hasta el momento de la venta de las acciones.
En el ejercicio en que se vendían las acciones que generaban los derechos de suscripción, se tenía que tener en cuenta el importe obtenido para realizar una minoración del valor de adquisición de las acciones.
Post reforma fiscal: Tributación de la venta de derechos de suscripción
Desaparece la ventaja fiscal de vender derechos frente al cobro del dividendos.
Con la reforma fiscal, en la Declaración de la Renta de 2017, se espera que tengamos que incluir como ganancias patrimonial derivadas de la transmisión el importe obtenido con la venta de derechos de suscripción preferentes. Se elimina la ventaja fiscal del pago diferido y por tanto, el importe de la venta de los derechos ya no se restará del valor de adquisición de las acciones que los generan.
Si que seguirán minorando el valor de adquisición de la acciones, el importe que reciba el accionista por la reducción de capital con devolución de aportaciones y las devoluciones de prima de emisión de acciones admitidas a negociación en un mercado secundario oficial de la Unión Europea.
En 2017 ya no habrán diferencias fiscales entre los contribuyentes que opten por vender sus derechos de suscripción al mercado secundario y aquellos que venden los derechos a la propia empresa.