¿Cuáles son los tramos del IRPF 2023? Como cada año, Hacienda hace públicos los tramos del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Estos se organizan en una tabla que indica el importe de los porcentajes a tributar del IRPF en función de los ingresos anuales que se ganen. Aquellos que obtengan un ingreso más alto, tendrán una retención mayor y viceversa. Pero, ¿Cuáles son los tramos del IRPF 2023?
La Agencia Tributaria estableció en 2017 nuevas escalas para aplicar el impuesto del IRPF y sirven para poder tener una idea de cuánto se va a tener que pagar. Hacienda implantó los intervalos en función de los ingresos totales de cada trabajador, estos indican cuál es el impuesto a pagar dependiendo del tramo en el que el contribuyente se sitúe. Este año parece que no van a cambiar los tramos respecto a 2017 y que ya se mantuvieron en los años anteriores, seis tramos establecidos:
- De 0 a 12.450 € brutos anuales
- De 12.450 € hasta 20.200 €
- De 20.200 € a 35.200 €
- De 35.200 € a 60.000 €
- De 60.000 € hasta 300.000 €
- Último tramo a partir de 300.000 €
Tabla de retenciones IRPF 2023
Aquí os mostramos la tabla con los tramos en vigencia establecidos para este año:
Tabla de tramos de retenciones IRPF 2023 | ||
Base liquidable general | Tipo impositivo 2023 | |
Desde | Hasta | |
0 € | 12.450 € | 19% |
12.450 € | 20.200 € | 24% |
20.200 € | 35.200 € | 30% |
35.200 € | 60.000 € | 37% |
60.000 € | 300.000 € | 45% |
300.000 € | - | 47% |
Respecto a los tipos impositivos señalados en la tabla, destacamos que la cifra indicada es la resultante de sumar el gravamen estatal y autonómico, suponiendo que estos sean iguales. No obstante, el gravamen autonómico puede variar según la comunidad autónoma en la que residas.
¿Cómo funcionan los tramos del IRPF?
Tal y como vemos en la tabla, se distinguen seis tramos de ingresos. A los ingresos obtenidos, habrá que restar una serie de reducciones que se aplican por las circunstancias personales de cada contribuyente.
La tabla de tramos del IRPF sigue una distribución progresiva y proporcional. A diferencia de lo que normalmente se suele pensar, los tramos del IRPF no se aplican de forma fija o cerrada sobre el total de las rentas generadas. Esto quiere decir que a lo largo del año, se va pagando por el dinero acumulado en cada uno de los tramos y conforme se va pasando al siguiente tramo, se paga el porcentaje respectivo a este. De alguna forma, esto garantiza que los contribuyentes paguen en relación a la renta que generan en el tramo y, si por ejemplo, se pasa al siguiente tramo porque la renta generada ha aumentado en 200€ solamente, no se produzca un aumento de hasta 8 puntos aplicables a toda su renta generada.
¿Cómo calcular el resultado de la declaración de la Renta 2023?
Cabe destacar que la cuota a ingresar o a devolver de Hacienda no se deriva directamente de la aplicación de estos porcentajes, sino que, después de aplicar los porcentajes, deben seguirse los siguientes pasos:
- El resultado debe reducirse en el importe que corresponda del mínimo personal y familiar del contribuyente (corregido este también por los mismos porcentajes).
- El resultado obtenido se denomina Cuota Íntegra Estatal y Autonómica.
- A dichas cuotas se le aplican las deducciones estatales y autonómicas a las que se tengan derecho, hasta obtener la Cuota Líquida, que nunca podrá ser negativa.
- Por último, de esta cantidad se restan las retenciones y en su caso deducciones por maternidad hasta obtener el importe total que debemos ingresar o que nos devuelven.
Funcionamiento de los tramos del IRPF
Veamos el funcionamiento de los tramos del IRPF con tres ejemplos diferentes:
Si, por ejemplo, se han obtenido unos ingresos de 15.000€ anuales, el tipo aplicable al hacer la declaración de la renta no será del 24% sino que el impuesto se aplicará de forma progresiva tal y como vamos a ver.
En el caso de una persona con una base liquidable general de 15.000€ generados en el año:
Base liquidable general 15.000€ | ||
Tramos | Tipo impositivo | Cuota |
Primer tramo | 19% de los primeros 12.450€ | 2.365€ |
Segundo tramo | 24% hasta 20.200€ | 612€ |
*Cuota antes de aplicar el mínimo personal | 2.977€ |
En el caso de una persona con una base liquidable general de 50.000€ generados en el año:
Base liquidable general 50.000€ | ||
Tramos | Tipo impositivo | Cuota |
Primer tramo | 19% de los primeros 12.450€ | 2.365€ |
Segundo tramo | 24% hasta 20.200€ | 1.860€ |
Tercer tramo | 30% hasta 35.200€ | 4.500€ |
Cuarto tramo | 37% hasta 60.000€ | 5.476€ |
*Cuota antes de aplicar el mínimo personal | 14.201€ |
En el caso de un contribuyente con una base liquidable general de 100.000€ anuales:
Base liquidable general 100.000€ | ||
Tramos | Tipo impositivo | Cuota |
Primer tramo | 19% de los primeros 12.450€ | 2.365€ |
Segundo tramo | 24% hasta 20.200€ | 1.860€ |
Tercer tramo | 30% hasta 35.200€ | 4.500€ |
Cuarto tramo | 37% hasta 60.000€ | 9.176€ |
Quinto tramo | 45% hasta 300.000€ | 18.000€ |
*Cuota antes de aplicar el mínimo personal | 35.901€ |
(*) Al resultado de esta cuota habría que aplicar el mínimo personal y familiar (calculado de la misma forma con los tramos) para obtener la cuota general.