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Nulidad de preferentes, subordinadas, acciones de las ampliaciones de 2012 y 2016 y préstamo para comprar acciones

La alteración de la contabilidad del Banco Popular no se produjo de cara a la ampliación de capital de 2016, sino que viene del origen de la crisis económica: ya en el año 2008 había más de 2.000 millones de deterioros no contabilizados, según el informe del Banco de España. Esto permite reclamar la anulación -o la indemnización de los perjuicios patrimoniales- de compras realizadas desde esa fecha.

En un único procedimiento he reclamado la nulidad de la suscripción por un matrimonio y por la difunta madre del esposo de una serie de suscripciones de productos del Banco Popular: les colocaron participaciones preferentes emitidas en 2009; obligaciones subordinadas emitidas en 2011; acciones de las ampliaciones de capital de 2012 y 2016; y además, para la compra de acciones de 2016, les ofrecieron un préstamo, a pesar de estar expresamente prohibido por la Ley de Sociedades de Capital que se financie la compra de acciones propias sin realizar las dotaciones correspondientes (lo que anula el efecto de la ampliación de capital). La Juez considera probado que no el personal del Banco no informó a los clientes de las características y riesgos de las preferentes y subordinadas ni evaluó previamente su idoneidad; y, por otro lado, que el Banco tenía alterada su contabilidad desde antes de realizar la ampliación de capital de 2012, por lo que anula todas esas adquisiciones, que tuvieron un importe global de 120.000 €. Además, anula el préstamo concedido para comprar acciones, puesto que al anularse la compra de acciones el préstamo queda sin causa. Y condena al Banco Santander al pago de las costas del procedimiento.

Sentencia de 14 de febrero de 2020 del Juzgado de 1ª Instancia nº 9 de Pamplona

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