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Multa a CaixaBank por incumplir las normas sobre límites de lo que puede cobrar en préstamos hipotecarios

El BOE del 17 de enero de 2019 publica una comunicación sobre la Resolución del Banco de España de 10 de enero por la que impone a CaixaBank una multa de 3.600.000 € por lo siguiente:

Se han detectado incumplimientos de normas con rango de Ley relativos a los límites impuestos por la Ley 41/2007 a las compensaciones por desistimiento en amortizaciones anticipadas, a las reglas sobre la sustitución de índices de referencia establecidas en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 14/2013, y a las normas sobre redondeo de tipos de interés establecidas en la disposición adicional duodécima de la Ley 44/2002.

Es decir, a la hora de cobrar a sus clientes, CaixaBank ignora deliberadamente los límites legales y les cobra lo que le quiere; lo que quiere, obviamente, es más de lo que permite la Ley. Vemos, una vez más, que la banca cree estar por encima del ordenamiento jurídico y que las leyes no se les aplican.

Lo hemos visto también en el reciente Congreso del X Aniversario de Asufin, en que los responsables de las asesorías jurídicas de Abanca y del Banco Santander en sus intervenciones mostraron ser completamente ajenos a la normativa de protección del consumidor y del inversor y la relativa a las condiciones generales de la contratación, a mercados financieros, etc., sea española o europea, y llana y directamente defendieron que se debía mantener la validez de sus contratos.

Y lo estamos viendo, con estupor, ante las noticias que aparecen estos días sobre el espionaje encargado por la dirección del BBVA a las más altas instituciones del Estado.

El caso es que el ordenamiento jurídico existe y se aplica a todos, incluidos los Bancos. Se aplican sanciones, multas y hasta penas de prisión; Rodrigo Rato se lo puede explicar.

 

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