En principio podrías hacerlo con una declaración jurada, pero es mejor que sean SERVICIOS SOCIALES quienes hagan la gestión porque antes o después la Seguridad Social puede requerirles que lo hagan y claro, mejor que ya sepan (servicios sociales) quien eres, donde resides y de que va la cosa antes de que dentro de un año la Seguridad Social les pudiese requerir dicha actuación a nivel de comprobación.
Pues remítete a tu expediente.Si cobras por adulto y menor. Es cambio de domicilio únicamente.Ya sabes cuando se convive con mas personas, el informe de la trabajadora social, como que no tenéis vínculo en el caso de que vuelvas a compartir piso, etc...
¿A que te refieres en concreto?Respecto al cambio de domicilio hay 30 días desde que se cambia de padrón para comunicarlo. Vía electrónica:https://imv.seg-social.es/ Vía presencial, aportando documentación física, se puede desacargar el pdf desde esta página.https://www.seg-social.es/wps/wcm/connect/wss/3307b803-289c-4e4a-85e5-e37b9e2c1b53/C-185_Castellano_1_Accesibilidad.pdf?MOD=AJPERES
Tienen que hacer un nuevo expediente, por la nueva unidad de convivencia.Y según he leído podrías estar un mes o 2 sin cobrarlo temporalmente hasta que se termine el trámite, pero ese mes o 2 meses que no se pagan se juntarían en la nueva mensualidad con la nueva unidad de convivencia.
Básicamente al estar recibiendo está prestación y que en general todo descuenta y genera ingresos indebidos lo que este por encima de lo que se este recibiendo irlo guardando.Otra cosa es estar un año entero sin tener ingresos y la diferencia cuando se actualiza genera atrasos por cuenta del INSS que como este año lo abonan inmediatamente como ha ocurrido en estr mes.Las deudas que yo,.mínimas 84 euros. La reclaman por lo visto más adelante. Este año han solicitado las de 2021, así que la reclamación no es inmediata, desconozco si esto cambiará.