Buenas nochesSoy corredor de seguros, me dedico a esto desde hace bastante tiempo y no dejo de alucinar, flipar con lo que contáis. A que c... esperáis a denunciar a la Aseguradora del banco, si como decís os ha estafado?Cuesta muchísimo conseguir un nuevo cliente y vosotros aguantáis lo que les da la gana el mismo seguro -y según decís- a los mismos impresentables?Ni fumando peyote 72 horas alucinaría más.Desde cuándo una Aseguradora asesora? Nunca en la vida. Asesoramos los corredores, y los agentes. En fin, después de haceros toda clase de perrerías aún tenéis que aguantar 6 años a cambiar de seguro?Alucinante
Buenas tardes,
En la póliza viene el domicilio y teléfono del Defensor del Cliente de Seguros Nuez en cumplimiento de la Orden Ministerial ECO/734.
Ese es el procedimiento de quejas.
Saludos
Pues yo voy a ser el más salvaje y menos avanzado de todos, y te recomendaría un seguro de vida ahorro donde la percepción del capital o renta está garantizada por la Aseguradora.
- Qué Aseguradora? la de tu confianza; las que conoces y todos tenemos en la cabeza
- Fundamental. tener un mediador de confianza que te haga 5, 6 simulaciones con distintos productos y combinaciones, te harás un lío pero tomarás mejor decisión, mucho más informada.
- Inconveniente del Seguro de Vida Ahorro. Su poca o escasa rentabilidad; de ahí la propuesta de Patocles de meter un 30% en renta variable (posibilidad de pérdida) para intentar ganar en rentabilidad.
Saludos
Hasta donde yo sé o tengo entendido
1. El perito de cada parte lo paga cada parte que lo nombra. No creo que tengas derecho a que paguen sus honorarios
2. Los intereses moratorios del 20% por no pagar debidamente un siniestro han sido muy moderados por el Tribunal Supremo en varias Sentencias. Si el Defensor del Cliente acepta tus planteamientos y te indemnizan en un plazo corto (digamos enero 16), no creo que tengas mucha base para esa reclamación. Los intereses, en todo caso, se calculan desde el día del siniestro, o desde el 40º día posterior al dia de ocurrencia siniestro donde la Aseguradora debería haber pagado al menos lo que indiscutiblemente se hubiera perdido.
3. Si optas por la vía judicial, es posible que condenen en costas a la Aseguradora, aunque no reconozcan los intereses moratorios, de modo que el coste del proceso (tasas) más abogado y procurador los pagaría la parte contraria.
Saludos
En líneas generales ningún producto de seguros se ajusta a las necesidades de tu madre. Los productos de seguros incluyendo los planes de pensiones están pensados a medio y largo plazo, mínimo 10 años, con los que los 3 de horizonte temporal de tu madre, no le resultarán atractivos.
Querido Paisano,
Lo tienes un poco jodido porque ya sabes como son los alemanes: cabeza cuadrada. Te están aplicando la exclusión de falta de mantenimiento. Yo ya tuve un siniestro así, lo rechazaron, lo peleé y finalmente indemnizaron al asegurado. Si no tienes mediador, estás más fastidiado. Tienes que convencer y demostrar a Allianz que mantienes debidamente tu vivienda y que esas lluvias fueron de tal intensidad que el daño se habría producido de todas las maneras. Cierto es que las lluvias (2 días seguidos) fueron importantes en intensidad.
Por cierto, si tienes mediador y acudes a un foro como este: te falta confianza en él?, no está haciendo su trabajo?. Me interesaria mucho saber tu opinión/sensación ahora que tienes un siniestro sobre la actuación de la Compañía de Seguros y del mediador (agente o corrredor) si lo tienes.
Saludos
Tú qué opinas de otros riesgos como incendio, explosión, rayo, impacto de vehículos, daños por agua, pérdida de alquileres/desalojo forzoso, etc., etc.
Debería cubrirse, o tal y como expones, no debe cubrirse?
Debe el arrendador vigilar que cumple la normativa industrial de medios contra incendios, y de instalación eléctrica?
Debe cuidarse de esas cosas el arrendatario?
El límite de RC del arrendatario es suficiente para la totalidad del inmueble y los contenidos de los otros inquilinos?
1. Si tienes contratada la cobertura de exención del pago de primas, después de la indemnización por invalidez, se sigue cubierto por el riesgo de muerte. Si no se tiene contratada, la póliza se extingue por haber dado lugar a uno de los supuestos de la póliza.
2. La prima del período posterior al período de póliza del siniestro, es decir, póliza de 06/15 a 06/16, siniestro en 02/16 período posterior 06/16-06/17, entonces ese periodo posterior no corresponde pago de prima alguna. La póliza se extinguió el 02/16 y podrían devolverse las primas no consumidas del periodo 06/15-06/16.
3. Es rumor bien extendido que si no se renueva la póliza la Compañía no paga ni en este ni en ningún otro seguro, pero contractualmente es falso. Otra cosa es que el Asegurado no sepa los derechos que tiene o esté intentando "colar" alguna indemnización que no le toca.
Saludos
Si la carta es ordinaria y te reclaman 390 euros, están aceptando tácitamente que la renovación automática no era tal y que el precio variaba fuera de los mecanismos ordinarios previstos en el contrato (póliza). Así que yo no pagaría, y cuando llegue el monitorio (que me parece que no) te defiendes como gato panza arriba.