Gracias, la duda es la que he planteado a Rucko, y que va en consonancia con lo que comentas, y es que si el bloque de c/c y depósitos no supera los 20.000 € sobre lo declarado inicialmente, no tengo claro que hubiese que haber informado de la nueva contratación ya que el bloque en sí no supera dicho límite.
Gracias por la respuesta, pero habiendo cancelaciones y nuevas contrataciones, si el bloque de cuentas corrientes / depósitos no supera los 20.000 € sobre el bloque declarado incialmente, ¿hay que declarar la nueva contratación aunque dicho bloque no exceda de ese importe?Saludos,