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Rutilinda91 10/04/24 22:08
Ha respondido al tema Pensión no contributiva en declaración conjunta
Lo que no entiendo que tenien una pension el conyuge, cobre una pensión no contributiva que se aplica a las personas sin rentas
Rutilinda91 10/04/24 22:06
Ha respondido al tema Pensión no contributiva en declaración conjunta
No Al principio de la declaracion te pide si tiene alguna incapacidad. Tienes que marca y en ingresos sumar las dos rentas, luego ya te aplica las reducciones por declaracion conjunta y por el grado de incapacidad que tenga.
Rutilinda91 10/04/24 16:50
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
 Hola, ¿hay alguien por ahí? Parece que se ha quedado muerto el foro. ¿Qué opináis sobre Ley establecida? Esta mañana quede con 7 colegas del centro de mayores de mi ciudad. Les pedí vinieran con su portátil donde tienen instalado su certificado digital. Nos pusimos a introducir los datos en el Excel (hoja de cálculo) que subí en este foro hace unos días. Con paciencia pasamos la mañana, metiendo los datos, es sencillo, si los tienes y oh, sorpresa, todos, toditos todos, coincidían con el ajuste aplicado por la Agencia Tributaria en sus datos fiscales, diferencias mínimas entre 2/4 euros, lo cual ratifica cual es el método que utilizar, si quieres conocer tu ajuste o reducción de los ingresos a declarar en la pensión, para toda la vida y los 4 años a reclamar. Señores Salinero, Velandres, se constata que yo no estaba equivocado. En estos foros, hay tres tipos de foreros: Los que tenemos dudas y preguntamos, porque buscamos ayuda. Los que tienen conocimientos técnicos y fehacientes, sobre los temas. Quieren ayudarnos y lo intentan, con datos ciertos y contrastados. Y luego están los más peligrosos, los “aficionados”, que se lanzan a informar, en la mayoría de los casos sin base alguna desinformando y llevando al error y desconcierto al preguntante. Saludos y que dios reparta suerte. 
Rutilinda91 09/04/24 22:04
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Yo me rindo, no merece la pena. Que cada uno se haga el ajuste a su gusto.Bye bye.
Rutilinda91 09/04/24 15:44
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
El divisor siempre es el mismo 12.775 dias equivalente a 35 años. Es el dividendo el que cambia, en funcion de los dias cotizados.Pero no hagais caso a lo que expone Salinero, que la esta liando
Rutilinda91 09/04/24 12:42
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Joer cuanto me alegro
Rutilinda91 09/04/24 12:19
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
asi es, 365x35 = 12775
Rutilinda91 09/04/24 12:17
Ha respondido al tema Venta de acciones en el extranjero y declaracion en la renta
Pues tienes que poner el valor de adquisicion,  y ahora, el valor de transmision lo recibido liquido en tu cuenta  y la diferencia es ganancia o perdida, sin mas,
Rutilinda91 09/04/24 11:06
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Gracias Monillo, con tus enseñanzas he aprendido a subir correctamente estas hojas de calculo, etc.Gracias de nuevo, es genial, encontrar personas que estan para ayudar y enseñar.
Rutilinda91 09/04/24 10:58
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Por si es de utilidad. He sacado los dias cotizados de los dos periodos, he calculado el coeficiente para el ajuste y perfecto dodo perfecto con los datos que se debende incluir para el calculo, me sale practicamente exacto lo que a mi sale y lo que me deduce por el ajuste la agencia Tributaria.A mi sale por ajuste 7.092 euros y la Agencia Tributaria me aplica  7.091. Practicamente calcado, por lo cual, confirmo que estos son los datos y los calculos que hay que hacer. Ahora que cada uno piense o haga lo que quiera.