yo acudí dos veces, y las dos me dió la razón, una por una comisión y la otra por una documentación que no me entregaron, aunque en la segunda fué necesario reclamar al banco de españa
No tenemos estatutos
Muchos han hecho de secretario sin ganas, incluso más de uno ha tenido que repetir el estado de cuentas, pero aun así lo preferimos antes que un administrador
Pues sí, sigue existiendo la renta antigua en viviendas, y es un problema.
Respecto a lo del ipc de la población, es que hasta ahora se le ha ido aplicando el ipc general (nacional) y entiendo que la población se refiere a la provincia (en mi caso Barcelona) ya que no hay datos oficiales del ipc de mi localidad. Normalmente el ipc de Barcelona es superior al General, es decir más favorable al arrendador, que con una renta antigua…, pero mi duda es ¿puedo aplicar el de BCN, a partir de ahora que he detectado el error? O ¿está consolidado?
Gracias y saludos