Creo que hay que contratarla para optar a la devolución del 1% (no es que sea obligatoria per se).Y para conseguir ese 1% contabilizarían las compras con dicha tarjeta o a través de bizum.
[...] contratar o tener contratada...[...] Y además realizar...
Si no lo han cambiado, en BK puede ser 1 al mes del mismo emisor.Por cierto , corrijo mi post anterior respecto a la promo del San:Míralo de esta forma, cada mes con ellos son 25€ 12,5€ (brutos), que aguantas 12, 150€, que aguantas 24, 300€.
Si vas a utilizar la cuenta para emitir tintos hacia BK (incluso para promos n0mina de otras entidades) yo me apuntaría. En caso de no aguantar 24 meses sólo devuelves la parte proporcional.Míralo de esta forma, cada mes con ellos son 25€ (brutos), que aguantas 12, 150€, que aguantas 24, 300€.
¿Y no hubieses preferido cerrar y volver a intentar primero la de recibos?¿o en la otra cuenta que dices tienes promo vigente pero sin recibos suficientes, y por eso los mueves?
Supongo que la promo 2 es la que ayer cumplió el plazo para apuntarse.Pues yo interpreto que la nómina es obligatoria así como al menos un movimiento con tarjeta o bizum antes de los 6 meses.Tema recibos lo veo un añadido (por cierto, nada interesante).