Por aquí no vas a hacer campaña electoral para los tuyos que se te ve el plumero.Vota a quién te de la gana y dejanos en paz con la política.
PD:Ah! y no veas tanto 13TV.
La nueva LAU (ley de arrendamientos urbanos)reduce de 5 años a 3 el periodo en el cual el inquilino siempre que siga pagando,tiene derecho a ocupar la vivienda.aunque este arrendador comenta que le ha hecho el contrato por un año,ese contrato se renueva "obligatoriamente"hasta un maximo de tres años.En cuanto al inquilino tiene todo el derecho a no devolverle la fianza ya que el periodo mínimo es de 6 meses,pero yo me conformaría con que me entregue el piso en perfectas condiciones ya que no interesa ir a las malas.
Un cliente de ING saca dinero en La Caixa y le soplan 2 euros mientras que uno de La Caixa usa el cajero de ING y solo le cobran 0,50 céntimos. Lo cojistes?
Seguramente estará pagada pero hay que hacer una cancelación en el registro y pagar los gastos que conlleva para poder vender ya que lo primero que hace un notario antes de una compraventa es pedir telemáticamente una nota simple y te aseguro que para él nada de lo que pone lo considera ficticio o irreal.
Aparte de cancelar la hipoteca en el banco,para poder vender hay que hacer una cancelación en el registro de la propiedad,si en la nota simple aparece que tiene una carga hipotecaria yo no firmaría ni loco,por mucho que el vendedor se comprometa a lo que sea.No entiendo como un notario puede dar fe de una compraventa con esta cláusula.
De todas formas se puede hacer la cancelación y la compraventa en el mismo acto descontándose los gastos de la cancelación del precio de la vivienda,pero sinceramente yo no firmaría en esas condiciones.