pilarbcn
08/05/14 14:16
Ha respondido al tema
Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Esta sentencia es de 20 de febrero 2014. Este juez no vio ningún problema en que los demandantes se vendieran las acciones.
Presentaron demanda el 30 de julio 2013, una vez vendidas las acciones.
http://malapracticabancaria.files.wordpress.com/2014/04/sentencia-de-fecha-20-de-febrero-de-2014-del-juzgado-de-primera-instancia-44-de-barcelona-catalunya-caixa-22-420-e282ac.pdf
"Tampoco la venta de las acciones se estima supone una aceptación del producto ()ya que tal venta ha sido un ofrecimiento del FGD a fin de que las personas que invirtieron en un producto como el de aquí analizado puedan recuperar parte de la inversión, dada la situación de la entidad demandada".