#Por otro lado en la coyuntura actual no sería nada extraño que subiera la fiscalidad de los intereses de los depósitos -y de todo-, entonces interesaría más la primera opción#Está claro que hay que atracar a mano armada a la hormiguita que va ahorrando poco a poco para que cierta gente viva a lo grande.Te digo lo mismo que le dije a la del banco cuando rescate un fondo,igual que tú arriesgas tus ahorros y cuando sacas ganancias te quitan el 19% mínimo,cuando rescatas en perdidas que te devuelvan el 19% de lo que pierdes¿No?Hay que ser justos..Entiendase la ironía..
De todas formas échale un ojo a la info fiscal de Raisin anual,respecto a lo de CKV porque yo no lo veo del todo claro.Según su hoja capitalización anual con pago a vencimiento,eso da a entender que habría que declarar anualmente intereses.Otra cosa es que esa capitalización anual la hagan internamente y no aparezcan los intereses dentro del depósito en la info fiscal hasta que te lo paguen todos de golpe a vencimiento.Si ya está confirmado por otros compañeros pues mejor..Aun así siempre sería mejor que los intereses se tributen anualmente y no todos de golpe a vencimiento porque tributas menos en importes grandes.Pero como digo siempre habrá que ceñirse a la info fiscal de Raisin.Incluso en los depósitos a largo plazo de interes simple sería mejor poder tributarlo anualmente y no todo de golpe a vencimiento ya que tributarias menos por pasar del primer tramo de retencionesUn saludo
Buenos días,El problema es si tú declaras bien y la info de Raisin es erronea y luego vas y se la mandas efectivamente no va a coincidir lo que tú has hecho bien y Raisin ha hecho mal.
Pues mejor ,de todas formas he aportado la captura de lo que dice Raisin ahora,antes aparecía capitalización a vencimiento y ahora capitalización anual.En la hoja informativa pone capitalización anual y cobro a vencimiento,otra cosa es que haya Rankianos que confirmen efectivamente que no les han aparecido los intereses dentro del depósito anualmente y los hayan incluido todos de golpe en el vencimiento.
Eso también lo miré y daría a entender que es capitalización anual de intereses con pago a vencimiento por lo que da a entender que hay que declarar los intereses generados cada año hasta que llegue el vencimiento.Anteriormente salia capitalización de intereses a vencimiento en su información con lo que daría a entender que aunque se incluyen los intereses anualmente se declaran cuando finalice el depósito.Un poco liosa la terminología..
Este comentario del compañero @monillo
con los ejemplos me parece bastante aclaratorio a modo de ejemplowww.rankia.com/foros/depositos/temas/5470352-tabla-depositos-monillo?page=1369#respuesta_6269226Pero cuidado por lo que he visto en CKV las condiciones parecen haber cambiado tal y como he puesto el el comentario anterior.Saludos
Añadir que si no recuerdo mal había excepciones que se llegó a la conclusión como por ejemplo en CKV a 4 y 5 años en que aunque se aplicaba interés compuesto internamente se deberian declarar los intereses a vencimiento del depósito.Creo que algún compañero cuando hablamos sobre CKV lo podría confirmar..Edito ,acabo de mirar y en CKV han cambiado las condicionesAntes la capitalización de intereses era al vencimiento por lo que no debería hacer falta hacer la renta todos los años.durante toda la vida del deposito.En cambio ahora han puesto la capitalización de intereses anual por lo que en teoría habría que declarar los intereses del depósito todos los años durante su duración.Cuidado con los que habéis contratado con CKV porque antes salía CAPITALIZACION DE INTERÉS A VENCIMIENTO y en cambio ahora saleCAPITALIZACION DE INTERESES ANUAL