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Vendo piso, tengo derecho a la devolución?
No se devuelve cuando desaparece el riesgo, porque la prima es indivisible y por periodos anuales (aunque se pague fraccionada).Si devolvieran la prima al desaparecer el riesgo antes que finalice la anualidad estaríamos ante una prima divisible en periodos que no son anuales y eso es contrario a la ley.Otra cosa como bien explican los compañeros es el extorno de la prima al disminuir el riesgo, pero en este caso la póliza sigue en vigor pero a un precio más bajo de ahí el extorno de la prima al regularizar el riesgo.