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Cálculo Rentas Subsidio Desempleo mayores de 52 años
Buenos días:¿Me podrías aclarar por favor de donde sacas esto?:"Tiene interés presunto toda propiedad inmobiliaria que tenga interés presunto en la declaración de renta, el criterio es el mismo. Por lo tanto un terreno rustico en el que no se puede construir no tendrá interés presunto, pero un terreno urbano en el que se puede construir, pero que actualmente esté como solar, si que tendrá interés presunto."Según la Agencia Tributaria no se imputan rentas inmobiliarias al suelo no edificado, inmuebles en construcción, ni inmuebles que por razones urbanísticas no sean susceptibles de uso.Un saludo.