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Contenidos recomendados por Nachocar

Nachocar 08/09/24 11:45
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
Esa gente es una batalla perdida.Prefieren pagar los 240 euros y pasarse el día quejándose antes que moverse.
Nachocar 08/09/24 10:15
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
¿No le llega la pensión a 300 euros?Porque no me cuadran los números:1. La cuota por los servicios incluidos es de 0 €/mes, siempre que tengas domiciliada una nómina con un importe igual o superior a 600 €/mes, o una pensión con un importe igual o superior a 300 €/mes en Día a Día, o tengas ingresos recurrentes en tu cuenta iguales o superiores a 12.000€ anuales y hayas realizado al menos tres pagos con cualquier tarjeta de CaixaBank Payments & Consumer en el trimestre anterior al de la liquidación (se excluyen las tarjetas de empresa y las coemitidas con un tercero, por ejemplo las tarjetas emitidas conjuntamente con otro comercio o marca) o haya recibido tres o más recibos domiciliados y pagados en CaixaBank en el trimestre anterior al cobro de la cuota. En caso de tener domiciliada únicamente la nómina o pensión o ingresos recurrentes, la cuota es de 15 € al Trimestre. En caso de no cumplir con ninguno de los requisitos, la cuota es de 60 € al trimestre. Se cobra una cuota por cada conjunto de cuentas con la misma combinación de titulares. En caso de acudir a la oficina para efectuar una operativa que puedas realizar por cajero, CaixaBankNow u otro canal de autoservicio, como puede ser el pago de recibos (excluidos impuestos), reintegros de efectivo, traspasos y transferencias, ingreso de cheques, solicitud de talonario y consultas de posición, saldo o extracto, te podremos cobrar 2 € por operación. Esta comisión no se cobra a mayores de 65 años, menores de 18 años, ni a personas que requieran asistencia personal o apoyo para acceder al servicio. Tampoco aplicará en caso de que los cajeros automáticos de la oficina estén fuera de servicio temporalmenteSolo con la pensión son 15 euros al trimestre y con tres pagos de tarjeta o recibos al trimestre, se queda en cero patatero.
Nachocar 03/09/24 18:24
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
Lo de recomiende Raisin a sus amigos se lo podían haber ahorrado.
Nachocar 02/09/24 12:31
Ha respondido al tema Qué opináis del depósito remunerado del Banco BIG
Es que no han bajado.Se lo ha inventado Tucapital o se saltó la última bajada y la pone como que ha sido hoy.
Nachocar 31/08/24 14:14
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
Lo de Progetto ya está obsoleto. 
Nachocar 28/08/24 15:25
Ha respondido al tema Cuenta remunerada Revolut con IBAN español 3,56% TAE nuevos clientes
Hay varios tipos de referido. Unos son de importe fijo y otros variable. Depende del que te asigne Revolut. 
Nachocar 27/08/24 12:28
Ha respondido al tema Cuenta remunerada Revolut con IBAN español 3,56% TAE nuevos clientes
Llámame ciego, pero yo ahí leo tres veces la palabra fondo(s) y ninguna la palabra cuenta en la segunda opción.
Nachocar 26/08/24 19:02
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
Exacto.El cambio de la cuenta del 20 de agosto nos lo comunicaron a los ya clientes el 20 de junio.Si volvieran a cambiar en septiembre, seguirías con el tipo actual hasta noviembre.
Nachocar 26/08/24 18:52
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
La cuenta remunerada si la abres ya seguirás con el tipo actual al menos dos meses ya que es el plazo de preaviso que tienen.
Nachocar 25/08/24 20:56
Ha respondido al tema Cuenta remunerada Revolut con IBAN español 3,56% TAE nuevos clientes
Yo también sé preguntarle a la maquinita:¿Es cierto que debo incluir el dinero recibido por Bizum si supera los 10.000 euros anuales en mi declaración de la renta?.ChatGPTSí, es importante considerar que cualquier dinero que recibas, ya sea a través de Bizum u otro medio, puede tener implicaciones fiscales dependiendo de su naturaleza. No se trata únicamente de superar una cantidad específica como los 10.000 euros anuales, sino de entender el origen y el motivo de la recepción de esos fondos.A continuación, algunos puntos clave:Naturaleza del Ingreso: Si el dinero que recibes a través de Bizum corresponde a ingresos por actividades económicas, prestación de servicios, venta de bienes, alquileres, etc., estos deben ser incluidos en tu declaración de la renta como rendimientos, ganancias patrimoniales u otros conceptos según corresponda, independientemente de la cantidad.Donaciones y Herencias: Si los fondos recibidos son donaciones o herencias, existen obligaciones específicas en cuanto a impuestos sobre donaciones o sucesiones. En algunos casos, estas transacciones deben ser declaradas y tributarán según la normativa aplicable, independientemente del uso de Bizum.Umbrales de Información y Control: El umbral de los 10.000 euros está más relacionado con obligaciones de reporte para prevenir el blanqueo de capitales y el fraude fiscal. Por ejemplo, las entidades financieras deben informar a la Agencia Tributaria sobre operaciones individuales que superen este importe. Sin embargo, como usuario de Bizum, no eres una entidad financiera y, por tanto, no estás obligado a reportar directamente estos movimientos.Obligación de Declarar: En general, estás obligado a declarar todos los ingresos que sean imponibles, independientemente de la cantidad o del medio a través del cual los recibas. No declarar ingresos que son sujetos a tributación puede acarrear sanciones.Recomendación: Es recomendable llevar un registro de las transacciones y determinar el origen y la naturaleza de los fondos recibidos. Si tienes dudas sobre si debes incluir ciertos ingresos en tu declaración de la renta, es aconsejable consultar con un asesor fiscal o con la Agencia Tributaria para asegurarte de cumplir correctamente con tus obligaciones fiscales.En resumen, no es simplemente la cantidad de dinero recibida a través de Bizum lo que determina la obligación de declararlo en la renta, sino la naturaleza de esos fondos. Por lo tanto, si recibes dinero a través de Bizum que supere los 10.000 euros anuales y ese dinero corresponde a ingresos sujetos a tributación, deberás incluirlo en tu declaración de la renta.Y la conclusión es la misma que te dije el primer día, que importa la naturaleza de los ingresos y no el medio de pago ni el importe.