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Mota06 20/09/23 13:39
Ha respondido al tema Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +
Lo que indica el BdE en su informe es:"Este Departamento no es competente para valorar, decidir, ni pronunciarse sobre losposibles daños y perjuicios que se hayan podido ocasionar a los clientes y usuarios delos servicios financieros. Dichas cuestiones podrán someterse, en su caso, y deconsiderarlo el perjudicado, a los correspondientes órganos judiciales"Y en la carta a RB le indica:"según lo dispuesto en el artículo 14 de la citada Orden Ministerial, en elplazo de un mes a contar desde la notificación del presente informe, deberá poner enconocimiento de este Departamento si acepta o no los presupuestos y criteriosmanifestados en el mismo, así como, en su caso, deberá aportar justificación documentalde haber rectificado su situación con el reclamante.Transcurrido el referido plazo, se entenderá que esa entidad no ha aceptado lospresupuestos y criterios manifestados en el informe.El archivo decretado se entenderá sin perjuicio de las responsabilidades administrativaso de otro orden en que haya podido incurrir la entidad."Y le adjunta cuestionario en el que le pregunta:- si está conforme con las conclusiones del informe. En caso negativo, ¿por qué?- si ha optado por rectificar la situación objeto de la reclamación conforme a lo previsto en las conclusiones del informe. ¿En qué ha consistido dicha rectificación?- si la rectificación ha supuesto el abono o condonación de una cantidad dineraria. ¿cuál ha sido su importe en euros?El BdE no dice que RB nos tenga que indemnizar. Califica negativamente la actuación de la entidad y le "pide" solucione la situación con el reclamante en el plazo de un mes.Lo que haga RB (si es que hace algo)....está por ver... Liberar las imposiciones e indemnizar a los reclamantes por el daño que su actuación está ocasionando es lo que solucionaría este asunto y evitaría que 65 personas muy motivadas no acudiésemos a la vía judicial cuando transcurra un mes.
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Mota06 19/09/23 19:24
Ha respondido al tema Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +
El compañer@ Tesauro comentó también sobre ese 25%.La Ley de Presupuestos Generales del Estado establece para cada año, tanto el interés legal del dinero como el interés de demora. Como regla general, el porcentaje del interés de demora es el interés legal del dinero más un 25%. El interés de demora para el año 2023 es del 4,0625%.Ese porcentaje es el que se aplica en las deudas tributarias o en deudas con la Seguridad Social. La verdad, yo no tengo claro que se aplique a nuestro caso ese 25%. ¿el interés de demora en nuestro caso no sería el interés pactado, y a falta de pacto, el interés legal del dinero? 
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Mota06 15/09/23 13:18
Ha respondido al tema Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +
Y además .... ¿que es eso de "pudo"? El BdE concluye que considera que la actuación de la entidad “pudo” haber quebrantado la normativa de transparencia y protección a la clientela. ¿"pudo"? ¿Qué conclusión es esa? ¿La actuación quebranta o no quebranta la normativa de trasparencia y protección a la clientela?
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Mota06 05/09/23 11:16
Ha respondido al tema Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +
Sí, todo esto este asunto es un despropósito y el beneficiado es RB.  Y el colmo...nos podríamos encontrar con una resolución del Banco de España fuera de plazo y además desfavorable. Los "Contratos de Imposición a Plazo" a los que hace referencia una y otra vez la entidad son solo ruido. No han acreditado su existencia.La prueba, el contrato de deposito tu+, es clara. Incomprensiblemente, el ruido muchas veces desvía la atención y la prueba se ignora. A veces el tercero "neutral"....falla.Lamentablemente, situaciones similares y otras peores ocurren en todas partes, no solo en este país (tendemos a menospreciar a nuestro país en exceso como si el resto del mundo fuera un ejemplo a seguir).  Pero, NO PERDAMOS LA ESPERANZA.Esperemos al informe del BdE y vemos el siguiente paso. Como ya comenté me dijeron que iban con retraso pero que responderían seguro.El hecho de colaborar y ayudarnos entre nosotros, anima (al menos a mi) a que sigamos defendiendo nuestros derechos. 
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Mota06 27/08/23 18:01
Ha respondido al tema Depósitos Renault Bank
Buenas tardes,El plazo del BdE para emitir el informe son 90 días desde la fecha en que la entidad presentó ante el Banco de España las alegaciones que le fueron solicitadas. Aún no hay respuesta del BdE a pesar de que ese plazo de 90 días ya ha pasado para algunos de los que presentamos reclamación. En mi caso, hace más de dos semanas que venció el plazo.Según me informó el BdE llevan retraso, pero contestarán.Como le comenta el compañero @Tesauro hay un hilo sobre este asunto y cualquier noticia al respecto se comentará en él.
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Mota06 10/08/23 16:18
Ha respondido al tema Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +
Agosto no es inhábil para el Dpto. de Conducta de Entidades del BdE. Están trabajando.Lo que me han indicado es que llevan algo de retraso (en general) porque están teniendo muchas reclamaciones. Que si veo que se pasa el plazo (90 días desde que recibieron las alegaciones de RB) y no he recibido respuesta, es por ese motivo.  Que el escrito de RB registrado con fecha de entrada 2 de agosto, no afecta para el cómputo del plazo. 
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Mota06 08/08/23 11:55
Ha respondido al tema Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +
Efectivamente compañer@s. Más de lo mismo.Esperemos que este escrito de la entidad no retrase el dictamen del BdE ya que no aporta nada de valor el asunto de la reclamación.   Siguen mareando con la existencia de contratos de “Imposición a plazo fijo” independientes del contrato Depósito “Tú+” pero los documentos que aportan lo único que siguen demostrando es que no existen tales contratos de “Imposición a plazo fijo”. Si es que en el propio certificado que aporta la entidad se refleja la vinculación de las imposiciones al contrato Depósito “Tú+”; todas las imposiciones referenciadas al número de contrato que le fue asignado al contrato Depósito “Tú+”.  Dicen lo que les interesa y a esperar a que el BdE no mire o no entienda la documentación?  Qué desgaste…..por eso y no por otro motivo es por lo que las personas se resignan y abandonan…lo saben y con eso cuentan. Parece que quedamos 65 dando la lata.  Seguiremos a la espera del dictamen del BdE y esperemos nos den respuesta en unos días.
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Mota06 07/08/23 15:22
Ha respondido al tema Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +
"2. Sobre la trazabilidad de la contratación de imposiciones a plazo fijo.Se acompaña, como Documento núm. 2, certificado emitido por "XXX", S.L., que acredita la contratación por la parte reclamante de su imposición a plazo, así como las condiciones de la imposición a plazo suscrita. El presente certificado, unido al algoritmo SHA que ya aportó Renault Bank con sus alegaciones, acreditan la trazabilidad del consentimiento dado por la parte reclamante a unas condiciones concretas. Asimismo, se acompaña como Documento núm. 3 informe emitido por "YYY", S.L. que explica el proceso de suscripción del contrato denominado "Depósito Tú+" y de las imposiciones a plazo. Dicho informe hace especial énfasis en el proceso de visualización y aceptación de la información precontractual que se pone a disposición de los clientes, tanto antes de firmar el contrato "Depósito Tú+" como con carácter previo a la contratación de las imposiciones a plazo. Ambos documentos representan las dos caras de la misma operativa contractual. Por un lado, la visible para los clientes en el proceso de contratación de una imposición a plazo y, por otro lado, paralelamente, la registrada en el sistema "XX" de Gestión, proporcionado por "XXX", S.L."
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Mota06 07/08/23 15:18
Ha respondido al tema Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +
"1. Sobre la comunicación remitida el  23  de marzo de  2023  (la "Comunicación") Aprovechamos la presente comunicación para resaltar unos datos que pueden ser útiles a la hora de ponderar la transparencia y conducta de Renault Bank. Después de remitida la Comunicación, Renault Bank ofreció, a aquellos clientes que lo precisaron, cuantas explicaciones fueron necesarias. Esa conducta de Renault Bank contribuyó a clarificar aquellos puntos de la Comunicación que pudieron quedar, de inicio, menos evidentes. Se acompañan como Documento núm. 1, a modo de ejemplo, comunicaciones remitidas vía e-mail a la parte reclamante del expediente de referencia; sin perjuicio de otros contactos vía telefónica y/o a través de la plataforma online. Las explicaciones de Renault Bank, en la respetuosa opinión de esta parte, sanaron (o cuanto menos, suavizaron) los efectos de la Comunicación. Prueba de ello es que, de las 272 solicitudes recibidas de resolución del contrato "Depósito Tu+", solo 65 derivaron en reclamación ante el Banco de España. En otras palabras, un 77% de los clientes que instaron la resolución habrían quedado satisfechos con las aclaraciones de Renault Bank. Posiblemente, el porcentaje de satisfacción hubiera sido mayor si descontásemos el efecto de las redes sociales y foros de internet, que ya ha ocasionado un daño reputacional a Renault Bank. Tampoco debe obviarse que los reclamantes responden, en líneas generales, a idéntico perfil: clientes con depósitos contratados en 2022, a tipos de interés entre el 0,5% y el 1,4%, cuando el tipo de interés ofrecido actualmente por Renault Bank para su depósito a plazo es del 3,65%. Finalmente y a la hora de ponderar la transparencia de la Comunicación, puede resultar de utilidad el dato de que más del 99% de los clientes de Renault Bank que tienen contratadas imposiciones a plazo no plantearon queja ni protesta alguna ante la Comunicación." 
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