Respecto a tu primera respuesta, ¿significa entonces que si yo traspaso los fondos, supongamos por ejemplo con una pérdida patrimonial de 2.000€, los nuevos fondos indexados que suscriba van a partir de ese valor negativo (fiscalmente hablando) y que, por tanto, los primeros 2.000€ de potencial ganancia que pueda acabar teniendo a lo largo del tiempo van a estar compensados y, por tanto, el día que monetice ese fondo no tributaré por ellos? Porque de ser así como te estoy queriendo entender, entonces no habría dudas en hacerlo vía traspaso.Esos fondos empezarían a tributar a partir de unas ganancias de 2000,01 euros.
El capital del fondo procede de un fondo anterior que (no lo se a ciencia cierta) podría tener ganancias.Lo que está claro es que aparece reflejado como Retención.En principio el fondo no tiene comisión de reembolso, así que...¿En ningún caso los 2,30 pueden ser algún tipo de comisión?Entiendo que si fuese una comisión, la restarían antes de ingesar el dinero en cuenta, pero no lo tengo claro porque de la misma forma podrían haber retenido los 2,30 euros antes de ingresarlo.
Tengo que rectificar lo dicho.Resulta que el problema está en que yo buscaba en la gestora del Santander y algunos fondos de esa gestora no es factible adquirirlos a traves del Banco Santander.Es surrealista.https://www.santanderassetmanagement.es/